Advertidos errores en la referida resolución, publicada en el DOG número 165, de 1 de septiembre de 2016, procede hacer la siguiente corrección:
– En la página 38775, en la alínea e) del apartado 6 del artículo 20, donde dice:
«e) Facturas de los proveedores a las entidades colaboradoras, a efectos de comprobar el gasto efectivo de la acción subvencionada, que deben reflejar los siguientes datos y estar emitidas entre la fecha de solicitud de ayuda y el plazo máximo de ejecución del proyecto establecido en la resolución de convocatoria de estas ayudas: (...)».
Debe decir:
«e) Facturas de los proveedores a las entidades colaboradoras, a efectos de comprobar el gasto efectivo de la acción subvencionada, que deben reflejar los siguientes datos y estar emitidas entre la fecha de solicitud de ayuda y el plazo máximo de justificación del proyecto establecido en la resolución de convocatoria de estas ayudas: (...)».