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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Miércoles, 7 de diciembre de 2016 Pág. 53892

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Universidad de Santiago de Compostela

RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2016 por la que se encomienda a Tragsa la ejecución de la obra de adaptación de espacios en la Escuela Politécnica Superior de Lugo.

Encomienda de gestión por la que la Universidad de Santiago de Compostela, encarga a la empresa Transformación Agraria, S.A. (Tragsa) la ejecución, en el Campus de Lugo, de la adaptación de espacios existentes para bodega y almacén en los aularios de la Escuela Politécnica Superior (EPS) de la USC (expediente 411/2016).

Juan Viaño Rey, rector de la Universidad de Santiago de Compostela (USC), actuando en nombre y representación de la USC, en virtud de las facultades legales que le confiere la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, y los estatutos de la USC aprobados por el Decreto 14/2014, de 30 de enero,

EXPONE:

Primero. El Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público (TRLCSP), establece en su artículo 3.1.c) que, a los efectos de la citada ley, las universidades públicas forman parte del sector público, y en su artículo 3.2.c) que las universidades públicas tienen la consideración de administraciones públicas y, por lo tanto, son poderes adjudicadores.

Segundo. El régimen jurídico de Tragsa y sus filiales está regulado por la disposición adicional vigesimoquinta (DA 25ª) del TRLCSP y por el Real decreto 371/1999, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen de la empresa de Transformación Agraria, S.A.

De acuerdo con el apartado segundo de la citada DA 25ª, Tragsa y sus filiales tienen la consideración de medios instrumentales y servicios técnicos de la Administración general del Estado, de las comunidades autónomas y de los poderes adjudicadores de ellas dependientes.

Tercero. El artículo 24.6 del TRLCSP prevé que las relaciones entre Tragsa y los poderes adjudicadores de los cuales es medio propio instrumental se regulen mediante las encomiendas de gestión previstas en dicho artículo.

Cuarto. Conforme a lo indicado en los informes del Servicio de la Asesoría Jurídica fechados en octubre de 2016, del Servicio de Gestión Económica de la Gerencia de 7 de octubre y del arquitecto técnico responsable de las infraestructuras en el Campus de Lugo de 28 de septiembre, la USC puede encomendar a la empresa pública Tragsa la ejecución, de la obra de adaptación de espacios existentes para bodega y almacén en los aularios de la EPS, de acuerdo con las siguientes condiciones:

Primera. Objeto de la encomienda

El objeto de la presente encomienda de gestión es la ejecución, en el Campus de Lugo, de la obra de adaptación de espacios existentes para bodega y almacén en los aularios de la EPS, con un presupuesto de ejecución, descrito en la relación valorada que se adjunta como anexo, calculado conforme a las tarifas oficiales vigentes de Tragsa, aprobadas por Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de 30 de julio de 2015 (BOE de 1 de agosto), que alcanza la cantidad de ciento veinte mil novecientos ochenta y cinco euros con sesenta y cinco céntimos (120.985,65 €), IVA excluido.

Segunda. Actuaciones a desarrollar

La presente encomienda se realiza por razones de eficacia y por carecer la USC de los medios técnicos apropiados para ejecutar por sí misma las obras que constituyen su objeto.

Los trabajos deberán ejecutarse tal como se definen en el proyecto básico y de ejecución de la obra citada en la cláusula anterior, realizados por el técnico responsable de infraestructuras en el Campus de Lugo, Ramón Fernández Varela, y por la empresa Obradoiro Enxeñeiros, y siguiendo las órdenes e instrucciones que para su correcta ejecución dicten éstos en su condición de dirección facultativa de la obra.

Tercera. Partida presupuestaria

El importe de la presente encomienda se satisfará con cargo a la partida presupuestaria 8032 7G01 64100.

Este expediente está financiado por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y forma parte del convenio de colaboración con la USC para el Plan de actuación 2015-2016 del Campus Terra.

Cuarta. Abono de los trabajos

El abono de los trabajos se realizará mediante certificaciones mensuales emitidas por el director facultativo y las correspondientes facturas emitidas por la empresa.

Quinta. Inicio de las actuaciones y duración de encomienda

El plazo de ejecución será de dos meses, que se contarán desde la fecha del acta de comprobación de replanteo.

Sexta. Naturaleza de la encomienda

La presente encomienda tiene la naturaleza de los contratos y negocios jurídicos excluidos del ámbito de aplicación del TRLCSP, previstos en su artículo 4.1.n), se regirá por sus propias normas, y se aplicarán los principios del TRLCSP para resolver las dudas que se pudieran suscitar.

Santiago de Compostela, 7 de octubre de 2016

Juan Viaño Rey
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela