A los efectos prevenidos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de autorización administrativa y de declaración de utilidad pública, en concreto, y la urgente ocupación que lleva implícita, de la instalación eléctrica que se describe:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36207 Vigo.
Denominación: reforma LMT GON805 derivada Camos-Tarela y CS.
Situación: Nigrán.
Características técnicas:
– LMT aérea a 20 kV, con conductor LA-56 de 53 metros de longitud, con origen en el apoyo existente C-2000-18 de la LMT GON805 y final en el apoyo proyectado nº 1 HVH-1600-15 (paso aéreo a subterráneo, P.A.S).
– LMT subterránea a 20 kV, con conductor RHZ en cuatro tramos:
1. 195 metros; origen: apoyo proyectado nº 1 P.A.S.; final: centro de seccionamiento (CS) proyectado Camos-Tarela.
2. 314 metros; origen: CS proyectado; final: punto de acceso (P.A.) existente nº 11 de la LMTS al CT Macomusa.
3. 31 metros; origen: CS proyectado; final: P.A. proyectado en la LMTS al CT Rúa dos Pazos.
4. 31 metros; origen: CS proyectado; final: P.A. proyectado en la LMTS al CT Outeiro.
– Centro de seccionamiento, con celdas prefabricadas bajo envolvente metálica con corte y aislamiento en SF6, situado en A Tarela, Nigrán.
La relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que se van expropiar figura en el anexo.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones por duplicado en esta jefatura territorial, avenida Fernández Ladreda, 43, 36003 Pontevedra, en el plazo de treinta días a partir de la última publicación o notificación individual.
Durante dicho período cualquier persona podrá aportar, por escrito, los datos oportunos para rectificar posibles errores en la relación de personas, bienes y derechos afectados, así como formular las alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el artículo 145 del Real decreto 1955/2000 antes citado.
Asimismo, y en el mencionado plazo, podrá examinarse en esta jefatura territorial el proyecto de la instalación.
Pontevedra, 8 de noviembre de 2016
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados
Finca 1. Municipio: Nigrán; paraje: Tarela; titular: Julio Soto Domínguez; afección: 0,5 m2 de suelo para el apoyo nº 1 y 325 m2 de vuelo correspondientes a 50 metros de línea aérea.
Finca 2. Municipio: Nigrán; paraje: Tarela; titular: Delio Salgueiro Álvarez; afección: 0,5 m2 de suelo para el apoyo nº 1 y 207 m2 de vuelo correspondientes a 3 metros de línea aérea.
Finca 3. Municipio: Nigrán; paraje: Tarela; titular: Rosario Fernández Vidal; afección: 12,97 m2 para el centro de seccionamiento y 5,66 m2 para línea subterránea.