Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Miércoles, 23 de noviembre de 2016 Pág. 52225

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 731/2013).

Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 731/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Eduardo Pereira Muñoz contra Restaurante Marisquería Sexto, S.L. sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 27 de octubre de 2016, con el número 333/2016, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Vistos por mí, Paula Méndez Domínguez, magistrada del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, los presentes autos de procedimiento ordinario número 731/2013, seguidos a instancia de José Eduardo Pereira Muñoz, representado y asistido por el letrado Sr. Vales Raña, contra Restaurante Marisquería Sexto, S.L., que no ha comparecido al acto del juicio oral; habiendo sido citado el Fogasa, que no ha comparecido al juicio oral; en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución española, dicto la presente sentencia, con base en los siguientes,

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por José Eduardo Pereira Muñoz contra Restaurante Marisquería Sexto, S.L., debo condenar y condeno a la mercantil demandada a que le abone al demandante la suma de 7.895,10 euros por los conceptos y con el desglose efectuados en el hecho probado tercero de la presente resolución, más los intereses del artículo 29.3 del ET respecto de dicha cantidad desde la presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución, y los del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa, no ha lugar a su condena en esta instancia, debiendo estarse a lo dispuesto en el artículo 33 del ET.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Restaurante Marisquería Sexto, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 31 de octubre de 2016

La letrada de la Administración de justicia