La Dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras adoptó acuerdo de calificación de mayor gravedad de la infracción que motiva el procedimiento sancionador que se indica, tipificada en la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia (LCG). Intentada la notificación personal de este acuerdo, no ha sido posible su práctica.
Por medio del presente anuncio, y según disponen los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se emplaza a la persona interesada que se indica en el anexo para ser notificada por comparecencia del acto cuyo contenido se señala. La comparecencia que podrá realizar deberá efectuarse en el plazo de diez (10) días contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado, en la sede del Servicio de Gestión Jurídico-Administrativa, de la Agencia Gallega de Infraestructuras, en el Edificio Administrativo San Caetano, Santiago de Compostela, o también en el Servicio de Infraestructuras de la Delegación de la Agencia en la provincia correspondiente. La eficacia de esta notificación queda supeditada a su publicación en el citado tablón edictal único.
Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2016
Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras
ANEXO
Expediente: SANC/22/16, ref. bis 3/16. Provincia: Pontevedra. Hecho imputado: realizar relleno en parcela, interrumpiendo el drenaje transversal en la tajea de la carretera. Interesado: Alejandro Mon Munaiz. Carretera afectada: PO-400, Salvaterra-Filgueira, p.k. 2+000. Ayuntamiento del último domicilio conocido del interesado: Salvaterra de Miño. Acto notificado: acuerdo de calificación de mayor gravedad de la infracción.