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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Lunes, 14 de noviembre de 2016 Pág. 50284

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Santiago de Compostela

ANUNCIO de información pública de la modificación puntual del Plan de sectorización del suelo urbanizable no programado número 25 (SUNP-25), Roxos.

La Junta de Gobierno de la ciudad de Santiago de Compostela, en la sesión celebrada el día 26 de junio de 2015, aprobó inicialmente la modificación puntual del Plan de sectorización del SUNP-25 (Roxos), promovida por la Junta de Compensación del citado polígono, según el proyecto presentado el día 22 de mayo de 2015.

Al objeto de dar cumplimiento a lo exigido por el artículo 10.3 del Real decreto legislativo 2/2008, se requirió de la Junta de Compensación diversa documentación relativa a las parcelas afectadas por la modificación.

A la vista de la documentación presentada, la Junta de Gobierno de la ciudad de Santiago de Compostela, en su sesión celebrada el día 22 de abril de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar el documento refundido de la modificación puntual del Plan de sectorización del SUNP-25 (Roxos), presentado en fecha 21 de marzo de 2016 por la Junta de Compensación del SUNP-25, en Roxos, en el que se integra la relación de las parcelas y propietarios catastrales afectados por la modificación propuesta.

Segundo. De acuerdo con lo previsto en el apartado 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, continuar la tramitación del expediente según el procedimiento regulado por el artículo 75 de la nueva ley.

En consecuencia, y de conformidad con lo que dispone el artículo 75.1.a) de la LSG, el expediente se someterá a información pública durante el plazo de dos meses, mediante anuncio que para el efecto se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en un periódico de los de mayor difusión en la provincia. Asimismo, se practicará notificación personal a los propietarios de las parcelas afectadas según figuran en el catastro, y se publicará edicto en el Boletín Oficial del Estado para los efectos de que sirva de notificación a aquellos propietarios que no hubieran podido ser citados personalmente, según prevé el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La documentación sometida a información pública incluirá el documento inicialmente aprobado y el refundido presentado el 21 de marzo de 2016, así como el resumen ejecutivo exigido por el artículo 25.3 del Real decreto legislativo 7/2015.

También se incluirá el documento de inicio remitido al órgano ambiental, presentado por el promotor en fecha 7 de noviembre de 2014, y la decisión sobre la no necesidad de sometimiento a evaluación ambiental estratégica.

Asimismo, y para los efectos de lo dispuesto por el artículo 25.3 del Real decreto legislativo 7/2015, que sustituye al antiguo artículo 10.3 del Real decreto legislativo 2/2008, en la documentación sometida a información pública, se incluirá un resumen ejecutivo con el siguiente tenor:

1. La modificación afecta a la redacción de las ordenanzas H, R1 y R2 del vigente Plan de sectorización del SUNP-25 (Roxos), aprobado definitivamente el 19 de mayo de 2006, y cuya regulación se contiene en los artículos 15, 12 y 13 de la normativa publicada en el Boletín Oficial de la provincia del día 24 de julio de 2006.

2. Las parcelas afectadas por la modificación figuran identificadas con su referencia catastral y localización en el documento presentado el 21 de marzo de 2016 (plano C.01).

3. En el ámbito de la ordenanza H, parcela catastral 2077706NH3427E0000BQ, el objeto de la modificación es ampliar los usos autorizados por el artículo 15 de la normativa vigente del Plan de sectorización, en el sentido de permitir, además del hotelero, los siguientes usos dotacionales, de titularidad pública o privada: asistencial, sanitario, docente, sociocultural, deportivo, religioso e institucional-administrativo. Asimismo, se incorpora la ordenación resultante del estudio de detalle aprobado por el Ayuntamiento el 26 de noviembre de 2009, que podrá ser adaptado o revisado a través de un nuevo estudio de detalle según la normativa de aplicación.

4. En el ámbito de las restantes parcelas afectadas, ordenanzas de vivienda unifamiliar R1 y R2, se modifican las condiciones de proyecto reguladas en los artículos 12 y 13 de la normativa a fin de permitir la redacción de un estudio de detalle que asegure la coherencia e integración del conjunto, con carácter alternativo u opcional a la aprobación de un proyecto único de edificación de cada una de las islas definidas en el Plan.

5. Dado el contenido y alcance de la modificación propuesta, su aprobación inicial no impide el otorgamiento de las licencias que resulten conformes con las determinaciones del planeamiento vigente (Plan de sectorización y estudio de detalle).

Lo que se publica a fin de que, durante el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, los interesados puedan consultar el expediente en el Servicio de Planeamiento y Gestión y formular las alegaciones que juzguen oportunas. En la página web del Ayuntamiento www.santiagodecompostela.gal se podrá consultar la documentación sometida a información pública.

Santiago de Compostela, 10 de mayo de 2016

El alcalde
P.D. (DEC/3997/2015, de 18 de junio)
Jorge Duarte Vázquez
Concejal delegado de Espacios Ciudadanos, Derecho a la Vivienda y Movilidad