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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Viernes, 4 de noviembre de 2016 Pág. 48881

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (367/2015).

Yo, María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de la Seguridad Social 367/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Xosé Luis Lado Martínez contra Algareira, S.L., Instituto Social de la Marina, Servicio Público de Empleo Estatal, Tesorería General de la Seguridad Social, Albacora, S.A., empresa Hermanos Docal Loureiro, S.L., empresa Compañía Internacional de Pesca y Derivados, S.A., sobre seguridad social, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

«Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por Xosé Luis Lado Martínez contra el Instituto Social de la Marina y la Tesorería General de la Seguridad Social y, en consecuencia, debo declarar y declaro que la base reguladora de la pensión de jubilación que corresponde a Xosé Luis Lado Martínez asciende a 2.365,12 euros, y debo condenar y condeno al Instituto Social de la Marina a estar y pasar por tal declaración y al abono de la pensión de jubilación con efectos actualizaciones, revalorizaciones y mejoras reglamentarias que sean de aplicación.

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Xosé Luis Lado Martínez frente al Servicio Público de Empleo Estatal y las entidades Albacora, S.A., Compañía Internacional de Pesca y Derivados, S.A., Algareira, S.L. y Hermanos Docal Loureiro, S.L. y, en consecuencia, debo absolverlas de las pretensiones formuladas en su contra.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Hermanos Docal Loureiro, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 14 de octubre de 2016

La letrada de la Administración de justicia