María del Carmen Álvarez Marqués, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Sarria, hago saber que en este juzgado, en los autos arriba referenciados, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia.
Sarria, 3 de octubre de 2016.
Ricardo Pailos Núñez, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Sarria, vistos los autos del juicio verbal 161/2016 iniciado tras la interposición de demanda por la procuradora María del Carmen Fernández López, en nombre y representación de Piedras y Pizarras Valdeorras, S.L., bajo la dirección letrada de Isaac Trapote Fernández, contra Pulidos Begonte, S.L., en situación procesal de rebeldía, he dictado la siguiente sentencia:
Fallo:
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Piedras y Pizarras Valdeorras, S.L. contra Pulidos Begonte, S.L.
En consecuencia, que debo condenar y condeno a Pulidos Begonte a abonar a Piedras y Pizarras Valdeorras, S.L. la cantidad de 2.163,72 euros.
Esta cantidad devengará el interés previsto en la Ley 3/2004, de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, conforme a lo expuesto en el fundamento de derecho cuarto de esta sentencia.
Las costas se imponen a la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma Ricardo Pailos Núñez, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Sarria.
Y para que sirva de notificación en forma a Pulidos Begonte, S.L. cuyo paradero actual se desconoce, se expide y firma el presente edicto.
Sarria, 3 de octubre de 2016
La letrada de la Administración de justicia