La Orden de la Consellería del Mar de 3 de junio de 2016 (DOG núm. 124, de 1 de julio) aprobaba las bases y procedía a la convocatoria de becas para formación de personal en régimen de empresa tutelada para los/las titulados/as en ciclos formativos de acuicultura.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes y realizados los trámites previstos en la referida orden, la comisión de evaluación, constituida al amparo del artículo 8.1 de la convocatoria, evaluó los méritos de los solicitantes admitidos de acuerdo con los criterios fijados en la convocatoria y elaboró una relación de personas propuestas para la adjudicación de las becas con los solicitantes que consiguieron una mayor puntuación, así como un listado de suplentes con los restantes candidatos admitidos, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria.
En virtud de lo anterior, y vista la propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de las bases de la convocatoria,
RESUELVO:
1. Adjudicar las becas para formación de personal en régimen de empresa tutelada, a los candidatos/as que se relacionan en el anexo de esta resolución.
Las personas beneficiarias de las becas se integrarán en el régimen general de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
De acuerdo con el artículo 3.3 de la convocatoria, la cuantía de las becas será de 800 euros brutos mensuales, en los que van incluidos los costes de la cuota obrera a la Seguridad Social.
2. Establecer el listado de suplentes, por orden decreciente de puntuación, que se indica en el anexo de esta resolución, que podrá ser operativo en caso de que el/la becario/a seleccionado/a no se incorpore en la fecha establecida, cuando manifieste expresamente su no aceptación a la bolsa o renuncie a ésta una vez aceptada, así como cuando se proceda a su revocación.
3. No admitir las solicitudes presentadas por las personas que se relacionan en el anexo de esta resolución, por no cumplir con los requisitos indicados (presentación fuera de plazo).
4. Aceptar la renuncia presentada por Alexis Araújo Sendín.
5. Los/las beneficiarios/as de las becas deberán confirmar su aceptación o renuncia en el plazo de diez días naturales contados desde la publicación de esta resolución en el DOG.
Después de transcurrir dicho plazo, si los/las beneficiarios/as no se declararan en ningún sentido, se entenderá que aceptan la bolsa.
6. Las personas beneficiarias de las becas tendrán los deberes establecidos en el artículo 11 de las bases de la convocatoria.
7. El período de realización de las becas es de dos años comprendidos entre el 1 de noviembre de 2016 y el 31 de octubre de 2018.
8. Contra esta resolución, que ponen fin a la vía administrativa, los/las interesados/as podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la conselleira del Mar en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación, conforme se establece en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 20 de octubre de 2016
La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 30.3.2012; DOG núm. 70, de 12 de abril)
Susana Rodríguez Carballo
Directora general de Desarrollo Pesquero
ANEXO
Adjudicatarios/as |
|||||
Apellido 1 |
Apellido 2 |
Nombre |
DNI |
Punt. total |
Importe |
Méndez |
Montenegro |
José Carlos |
35464798V |
7,23 |
19.200 euros |
Acuña |
López |
Iria |
77416893C |
7,10 |
19.200 euros |
Sánchez |
Prego |
Juan José |
78807432W |
6,43 |
19.200 euros |
Rivadeneira |
Torres |
Juan Gregorio |
51102007D |
5,28 |
19.200 euros |
Suplentes |
||||
Apellido 1 |
Apellido 2 |
Nombre |
DNI |
Punt. total |
Abilleira |
Simes |
Sabela |
35489965E |
4,60 |
Gómez |
Salguero |
Rafael |
78551624T |
4,51 |
Piñeiro |
Bellas |
Jesús |
32806597H |
4,34 |
Solicitudes no admitidas |
||||
Apellido 1 |
Apellido 2 |
Nombre |
DNI |
Causa exclusión |
Aragunde |
Vila |
Rubén |
35486440Q |
Solicitud fuera de plazo |
Castiñeiras |
Troans |
Adrián |
35601601Q |
Solicitud fuera de plazo |