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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Jueves, 27 de octubre de 2016 Pág. 48095

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (SSS 624/2015).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de Seguridad Social 624/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, mutua colaboradora con la S.S. nº 201 contra Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), Martín Proyectos Instalaciones y Montajes, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:

«Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña.

Sentencia: 430/2016.

Refuerzo.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: Seguridad Social 624/2015.

Demandante: Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo.

Letrado: Sr. Torrado Oubiña.

Demandados:

– INSS y TGSS.

Letrado: Sra. García Sánchez.

– Martín Proyectos Instalaciones y Montajes, S.L.

Letrado:

Sentencia nº 430/2016.

A Coruña, 29 de septiembre de 2016.

Fallo:

– Estimo la demanda formulada por la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, y

1. Condeno a la empresa Martín Proyectos Instalaciones y Montajes, S.L. como responsable directa al abono de los gastos de la asistencia sanitaria prestada al trabajador Juan Alberto Villar Sueiras derivados del accidente de trabajo ocurrido el día 26.12.2012 y que asciende a la suma total de 2.421,34 euros que comprende 2.101,08 euros en concepto de asistencia sanitaria; 315,21 euros por gastos de locomoción y 5,05 euros en concepto de gastos farmacéuticos; cantidades que la citada empresa debe reintegrar a la Mutua sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y en la Tesorería General de la Seguridad Social de acuerdo con el artículo 126 de la LGSS.

2. Condeno al INSS como legal sucesor del Fondo de Garantía de Accidentes de Trabajo, y solo para el caso de insolvencia de la empresa, al pago a la Mutua de la cantidad de 2.421,34 euros.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Martín Proyectos Instalaciones y Montajes, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 30 de septiembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia