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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Lunes, 17 de octubre de 2016 Pág. 46996

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

ANUNCIO de 27 de septiembre de 2016 por el que se hace pública la Resolución de 16 de septiembre de 2016, de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente la delimitación de la línea límite de edificación de la carretera autonómica AC-862 Ferrol (FE-14)-L.P. Lugo, en el margen izquierdo de la carretera entre los puntos kilométricos 63+140 y 63+320.

Con fecha de 16 de septiembre de 2016, la conselleira de Infraestructuras y Vivienda emitió resolución de aprobación definitiva de la delimitación de la línea límite de edificación de la carretera autonómica AC-862 Ferrol (FE-14)-L.P. Lugo, en el margen izquierdo de la carretera entre los puntos kilométricos 63+140 y 63+320, con el siguiente contenido:

Antecedentes.

1. El 18 de febrero de 2016 se firma el informe del Área de Planificación y Programación para iniciar la tramitación del expediente de reducción extraordinaria de la línea límite de edificación, al que se hace referencia en el encabezado del informe, según lo previsto en el artículo 41.3 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia.

2. Mediante Resolución de 26 de febrero de 2016, la Dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras aprobó, al amparo de lo establecido en el artículo 41.3 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, con carácter provisional, la delimitación anterior y resolvió tramitarla según el procedimiento establecido en el artículo 85 del Reglamento general de carreteras, aprobado por el Real decreto 1812/1994, de 2 de septiembre.

3. La delimitación provisional fue sometida a información pública, por el plazo de treinta (30) días hábiles, mediante Anuncio de 29 de febrero de 2016, publicado en el Diario Oficial de Galicia núm. 51, del martes 1 de marzo, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ortigueira, a fin de que cualquier persona física o jurídica formulase las alegaciones que estimase pertinentes.

4. El expediente estuvo expuesto al público, en días y horas hábiles de oficina, en los locales de la Agencia Gallega de Infraestructuras en Santiago de Compostela y en la Casa Consistorial de Ortigueira.

5. Mediante informe de 14 de septiembre de 2016, el Área de Planificación y Programación indicó que no se presentaron alegaciones durante el periodo de información pública de la delimitación provisional y que tampoco fue emitido ningún informe al respecto por parte de las entidades locales consultadas.

6. Mediante propuesta de Resolución de 15 de septiembre de 2016, de la Dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras, se propone la aprobación, con carácter definitivo, de la delimitación de la línea límite de edificación de la carretera autonómica AC-862 Ferrol (FE-14)-L.P. Lugo, en el margen izquierdo de la carretera entre los p.k. 63+140 y 63+320.

Consideraciones legales.

La conselleira de Infraestructuras y Vivienda es competente para resolver el expediente de delimitación de la línea límite de edificación previsto en el artículo 41.3 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, en relación con el punto 2 de su disposición adicional segunda.

Visto todo lo que antecede y, en particular, la propuesta de resolución de la Dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras,

RESUELVO:

Aprobar, al amparo de lo establecido en el artículo 41.3 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, con carácter definitivo, la delimitación de la línea límite de edificación de la carretera autonómica AC-862 Ferrol (FE-14)-L.P. Lugo, en el margen izquierdo de la carretera entre los p.k. 63+140 y 63+320, según el plano que se adjunta, que supone la siguiente reducción con respecto a la establecida con carácter general en dicha ley:

– Por el margen izquierdo se reduce la línea límite de edificación de 15 m a 13,5 m, desde la línea exterior de la delimitación de la calzada, entre los p.k. 63+140 y 63+320.

Contra esta resolución de aprobación, con carácter definitivo en vía administrativa, cabe interponer potestativamente el recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según establecen los artículos 116.1 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

No obstante, se podrá impugnar directamente el acto que se notifica ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo (artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre). A este efecto se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

En caso de que se interponga el recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que se hace público para su conocimiento general.

Santiago de Compostela, 27 de septiembre de 2016

Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras