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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Jueves, 13 de octubre de 2016 Pág. 46661

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

ORDEN de 3 de octubre de 2016 por la que se ratifica el acuerdo de extinción de la Fundación Hespérides y se dispone su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Una vez examinado el expediente de extinción de la Fundación Hespérides, adscrita al protectorado de la Consellería de Sanidad, resultan los siguientes

Hechos.

Primero. Carlos González Guitián, presidente del Patronato de la Fundación Hespérides, presentó el 3 de octubre de 2016 la solicitud de ratificación y posterior inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego del acuerdo de extinción de dicha entidad, adoptado por su patronato el 16 de agosto de 2016.

Segundo. La fundación, constituida inicialmente con la denominación de Fundación Fisterrae en escritura pública otorgada en A Coruña el 21 de julio de 2006, con el número de protocolo 1961, fue clasificada de interés sanitario por Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 4 de octubre de 2006 y declarada de interés gallego por Orden de la Consellería de Sanidad de 17 de noviembre de 2006. Adscrita al Protectorado de la Consellería de Sanidad, figura inscrita en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego con el nº 2006/17. Modificó su denominación por acuerdo del Patronato de 26 de septiembre de 2012 y pasó a llamarse Fundación Hespérides, mediante acuerdo protocolizado nº 1453 en escritura pública otorgada en A Coruña en la misma fecha.

Tercero. De acuerdo con el artículo 6 de los estatutos, la fundación tiene por objeto contribuir a la mejora de las condiciones de salud en Galicia y al desarrollo de la sanidad gallega, en sus medios personales, reales y procedimentales.

Cuarto. Junto con la solicitud, se presenta la siguiente documentación:

a) Certificado de 17 de agosto de 2016 del secretario, con el visto bueno del presidente, en el que consta el acuerdo de extinción de la fundación, adoptado con el quórum requerido por la normativa de aplicación, en la reunión del patronato celebrada el 16 de agosto de 2016.

b) Memoria justificativa de la concurrencia de la causa de extinción por imposibilidad material de realizar el fin fundacional.

c) Documentación contable correspondiente al ejercicio cerrado a 16 de agosto de 2016, que comprende balance, cuenta de resultados y memoria de actividades.

d) Proyecto de distribución de bienes y derechos resultantes de la liquidación.

Consideraciones legales.

Primera. La Consellería de Sanidad ejerce el protectorado sobre la Fundación Hespérides de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 41/2013, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad, en relación con el artículo 47 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2.b) del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, corresponde a la Consellería de Sanidad la inscripción en la sección correspondiente del Registro de Fundaciones de Interés Gallego de todos los actos relativos a las fundaciones sobre las que ejerza las funciones de protectorado.

Segunda. El artículo 44 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, establece entre las causas de extinción de las fundaciones la imposibilidad de realización del fin fundacional, siendo necesario a tal efecto el acuerdo favorable del patronato, ratificado por el protectorado. El mismo artículo establece que el acuerdo de extinción se inscribirá en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Tercera. El acuerdo de extinción se adoptó siguiendo los requisitos establecidos en la normativa vigente y en los estatutos de la fundación. En el expediente tramitado consta la memoria justificativa de la causa de extinción y el proyecto de distribución de bienes y derechos resultantes de la liquidación, en los términos previstos en el artículo 45 de la Ley 12/2006 y en el artículo 48 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego.

Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego; en el Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego; en el Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, y en la demás normativa de aplicación,

DISPONGO:

Primero. Ratificar el acuerdo de extinción de la Fundación Hespérides, adoptado por el Patronato con base en la imposibilidad de realizar el fin fundacional.

Segundo. Ordenar la inscripción del acuerdo de extinción de la fundación en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Sanidad.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que, con carácter potestativo, pueda interponerse recurso de reposición ante el conselleiro de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 3 de octubre de 2016

El conselleiro de Sanidad
P.D. (Orden de 15.6.2009; DOG núm. 119, de 19 de junio)
Josefina Monteagudo Romero
Secretaria general técnica de la Consellería de Sanidad