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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Martes, 11 de octubre de 2016 Pág. 46614

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 26 de septiembre de 2016, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, por el que se da publicidad al acuerdo sobre la adaptación del croquis del monte vecinal Tahume de Muro, del ayuntamiento de Porto do Son.

A los efectos previstos en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, se publica que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, en sesión que tuvo lugar el día 18 de diciembre de 2015, adoptó el siguiente acuerdo en relación con la revisión del esbozo y elaboración de la cartografía actualizada del monte vecinal de Tahume de Muro, del ayuntamiento de Porto do Son.

Antecedentes de hecho:

Primero. Con la denominación de monte Tahume de Muro, de la parroquia de San Pedro de Muro del ayuntamiento de Porto do Son, están integradas cinco parcelas declaradas vecinales en mano común por resolución del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, de 28.1.1980, según consta en su expediente de clasificación núm. 158.

Segundo. Con fecha 22.4.2015, la presidenta de la comunidad vecinal comunica al Jurado que, en la asamblea general ordinaria de 6.7.2013, se acordó, por unanimidad, que se realice un levantamiento topográfico de su monte Tahume de Muro. Dicho trabajo fue concluido en el informe técnico de marzo de 2015, del que aporta una copia con este escrito para su aprobación por el Jurado.

Tercero. El Servicio de Montes informa el 3.11.2015, por medio del jefe del Área Técnica de Montes Vecinales en Mano Común, sobre esta propuesta de revisión de la cartografía actualizada del monte vecinal de Tahume de Muro, en atención a lo previsto en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

En su informe especifica que la revisión topográfica respeta los lindes descritos en letra en la resolución del Jurado de Clasificación. El estudio técnico aportado por la comunidad utiliza el acta de apeo del deslinde total del monte Tahume número 223 del CUP, para transformar el método de medición de los vértices de este, de distancias y ángulos, a coordenadas UTM; en el terreno siguen siendo los mismos, pero su localización es mucho más sencilla con los aparatos actuales, el levantamiento topográfico del perímetro del monte y de sus enclaves, para conocer la situación exacta de los marcos que delimitan su perímetro y así disponer de las coordenadas de los mismos para que no existan discrepancias en un futuro, por si desaparecen. Su superficie varía muy poco.

Fundamentos de derecho:

Primero. La Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, en su disposición transitoria decimotercera, establece el procedimiento de revisión de croquis de montes vecinales en mano común.

Segundo. El informe del jefe del Área Técnica de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, de 3.11.2015, convalida el informe técnico presentado por la comunidad propietaria solicitante.

Después de ver la planimetría presentada por la comunidad propietaria y el informe sobre ésta del responsable del Área Técnica de Montes Vecinales en Mano Común del Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de la Consellería del Medio Rural en A Coruña, este jurado por unanimidad de los miembros presentes con pleno derecho a voto,

ACUERDA:

Primero. Aprobar la revisión del croquis del monte vecinal Tahume de Muro, de la parroquia de San Pedro de Muro del ayuntamiento de Porto do Son, presentada por la comunidad propietaria y convalidada por el jefe del Área Técnica de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, en su informe de 3.11.2015, y la planimetría que lo acompaña y que forma parte de esta resolución, de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, quedando el monte vecinal con las características siguientes:

Monte: Tahume de Muro.

Comunidad vecinal propietaria: CVMC de San Pedro de Muro.

Superficie: 156,65 ha, en vez de las 163,17 ha de la resolución de la clasificación.

Enclaves: A) 1,05 ha.

B) 1,65 ha.

Total: 2,70 ha.

Estaría compuesto por las siguientes parcelas:

1. Parcela primera: monte Abeirada y Pedreira.

Superficie: 104,03 ha en vez de las 112 ha de la resolución. Sus límites serían:

Norte: propiedades particulares de los vecinos de la parroquia de San Pedro de Muro (ayuntamiento de Porto do Son).

Este: propiedades particulares de los vecinos de las parroquias de San Pedro de Muro (ayuntamiento de Porto do Son) y San Martiño de Oleiros (ayuntamiento de Ribeira).

Sur: MVMC Tahume de Olveira, expediente 164 (ayuntamiento de Ribeira).

Oeste: propiedades particulares de los vecinos de las parroquias de San Pedro de Muro (ayuntamiento de Porto do Son) y Olveira (ayuntamiento de Ribeira).

2. Parcela segunda: monte de Laxe.

Superficie: 18,34 ha en vez de las 18,03 ha de la resolución. Sus límites serían:

Norte: propiedades particulares de los vecinos de las parroquias de San Pedro de Muro y de Olveira.

Este: MVMC Tahume de Olveira, expediente 164.

Sur: MVMC Tahume de Olveira, expediente 164.

Oeste: camino público de Seráns a Corrubedo y terrenos particulares de los vecinos de la parroquia de Olveira.

3. Parcela tercera: monte Pereiro.

Superficie: 2,47 ha en vez de las 2,25 ha de la resolución. Sus límites serían en los cuatro puntos cardinales con propiedades particulares de los vecinos de las parroquias de Xuño y Oleiros.

4. Parcela cuarta: monte Alboreda.

Superficie: 5,78 ha en vez de las 5,27 ha de la resolución. Sus límites serían:

Norte: propiedades particulares de los vecinos de la parroquia de San Pedro de Muro.

Este: carretera de Xuño a Basoñas.

Sur y oeste: propiedades particulares de los vecinos de la parroquia de San Pedro de Muro.

5. Parcela quinta: monte Carballosa.

Superficie: 26,03 ha en vez de las 24,72 ha de la resolución. Sus límites serían:

Norte: MVMC Sieira y Castelo, expediente 144.

Este: MVMC Balteiro, expediente 176.

Sur y oeste: propiedades particulares del vecindario de las parroquias de San Pedro de Muro y Oleiros.

Segundo. Notificar este acuerdo a la comunidad propietaria y publicarlo en el Diario Oficial de Galicia para dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

A Coruña, 26 de septiembre de 2016

Manuel Rodríguez Vázquez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de A Coruña