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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Martes, 11 de octubre de 2016 Pág. 46591

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2016, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de O Rosal (expediente IN407A 2016/104-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: avenida de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Denominación: subestación O Rosal 132 kV; blindaje parque de 20 kV y renovación aparamenta en el parque de 132 kV.

Situación: O Rosal.

Características técnicas: reforma de la subestación O Rosal 132 kV consistente en:

– Blindaje del parque de 20 kV, que pasará al interior de un edificio prefabricado y estará compuesto por celdas blindadas, configuración en simple barra y aislamiento en SF6.

– Sustitución en el parque de 132 kV de los interruptores y seccionadores de barras de las posiciones de transformador 103 y 104.

– Sustitución del transformador de servicios auxiliares, por uno de 50 kVA, RT 20 kV/400 V.

La instalación está situada en el lugar de Cunchada, O Rosal.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014 por la que aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, DOG núm. 54, de 19 de marzo, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, será de 12 meses a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 6 de septiembre de 2016

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra