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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Martes, 4 de octubre de 2016 Pág. 45637

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2016, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de aprobación definitiva de la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento de Maside, para la delimitación del núcleo rural común de A Carrasca.

El Ayuntamiento de Maside remite el expediente de referencia para su aprobación definitiva, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUG).

Examinada la documentación presentada por el Ayuntamiento de Maside y vista la propuesta suscrita por la Subdirección General de Urbanismo, resultan:

I. Antecedentes.

I.1. El Ayuntamiento de Maside dispone actualmente de normas subsidiarias de planeamiento, aprobadas definitivamente el 29 de octubre de 1985, con siete modificaciones puntuales.

I.2. La tramitación de la modificación puntual fue la siguiente:

– El 14.10.2013, la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental declaró la no necesidad de someter a evaluación ambiental estratégica la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento de Maside para la delimitación del núcleo rural de A Carrasca (DOG de 13.11.2013).

– Constan informes municipales técnicos, de 4.11.2013, 18.12.2013 y 25.4.2014; y jurídicos, de 19.12.2013 y 15.5.2014.

– El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 22.8.2014, aprobó inicialmente la modificación puntual y la sometió a información pública durante dos meses, mediante anuncios en los diarios La Voz de Galicia de 11.9.2014 y La Región de 20.9.2014, y en el DOG de 29.9.2014. Durante el período de exposición no se presentó ninguna alegación.

– Se dio audiencia a los municipios limítrofes de Amoeiro, San Cristovo de Cea, San Amaro, O Carballiño y Punxín, sin que conste contestación alguna de ninguno de ellos.

– Consta informe favorable de 15.5.2014 de la Diputación Provincial de Ourense.

– Consta informe favorable de 12.11.2014 de la Subdirección General de Redes y Operadores de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

– Constan informes de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de 20.1.2015 y de 19.1.2016, favorables.

– Consta informe favorable de 24.7.2015, de la Dirección General del Patrimonio Cultural.

– Se solicitó, además, informe a Augas de Galicia, sin que conste contestación. Existe informe en la fase de tramitación ambiental, en el que se señala que deben tenerse en cuenta los planes de abastecimiento y de saneamiento de Galicia.

– El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 10.2.2016, aprobó provisionalmente la modificación puntual.

II. Análisis y consideraciones.

II.1. El ámbito de actuación es el núcleo rural de A Carrasca y su entorno inmediato, afectando, según las normas subsidiarias de planeamiento vigentes, a suelo no urbanizable (actualmente rústico). La superficie total del ámbito es de 17.111 m2.

II.2. El objeto de la modificación puntual es la incorporación del núcleo de A Carrasca como núcleo rural común, delimitando dicho núcleo y definiendo una normativa específica para su ordenación pormenorizada, en concordancia con lo establecido en la disposición transitoria primera e) de la Ley 2/2010.

II.3. El 19.3.2016 entró en vigor la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, que establece en el apartado 1 de la disposición transitoria segunda que los planes en tramitación que en esa fecha tuvieran aprobación provisional podrán continuar su tramitación hasta su aprobación definitiva a tenor de lo dispuesto en la LOUG.

De acuerdo con el apartado 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG y con el artículo 3.a) en relación con la disposición transitoria segunda del Decreto 129/2015, de 8 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los expedientes de delimitación de suelo de núcleos rurales corresponde a la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

III. Resolución.

Visto cuanto antecede,

RESUELVO:

Primero. Aprobar definitivamente la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento municipal de Maside, en el núcleo rural común de A Carrasca.

Segundo. Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Tercera. Notifíquese al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de julio de 2016

María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

ANEXO

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