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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 164 Miércoles, 31 de agosto de 2016 Pág. 38696

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Cariño

ANUNCIO de la aprobación definitiva de estudio de detalle.

Por Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2016, se aprobó definitivamente el estudio de detalle para establecer las alturas y volúmenes de una parcela ya edificada ubicada en la calle Antiga nº 30, del casco viejo de Cariño, al objeto de aumento de volumen. Lo que se publica a efectos de lo dispuesto en los artículos 82 y 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia:

7. Aprobación definitiva, si procede, del estudio de detalle instado por Ignacio Aparicio Gordillo.

Visto que el 21.9.2011, mediante el Decreto de la Alcaldía 470/2011, se aprueba inicialmente el estudio de detalle correspondiente y se somete a información pública mediante anuncio en el Diario Oficial de Galicia de 10.1.2012 y en el Diario de Ferrol de 25.1.2012. Asimismo, se concede a los propietarios interesados un plazo de audiencia de quince días.

Considerando que no se presentaron alegaciones en el período de información pública.

Visto que en fecha 25.4.2016 se emite informe favorable de la Dirección General de Patrimonio Cultural en el que se indica que se da cumplimiento a todos los condicionantes impuestos en el informe de la Dirección General de 28.8.2015.

Vistos el informe favorable del técnico municipal de 28.4.2016 y el informe-propuesta de la Secretaría de 2.5.2016.

Vistos el dictamen de la Comisión Informativa de Infraestructuras, Espacios Públicos y Desarrollo Sostenible de 27.5.2016.

El Pleno corporativo, por unanimidad de sus miembros,

ACUERDA:

Primero. Aprobar definitivamente el estudio de detalle para establecer las alturas y volúmenes de una parcela ya edificada objeto de un aumento de volumen, de parcela ubicada en la calle Antiga, nº 30, del casco viejo de Cariño, con los siguientes condicionantes determinados por el técnico municipal en su informe de 28.4.2016.

1. El estudio de detalle es el conformado por los siguientes documentos: memoria (con visado del día 18.9.2014), plano 1, visado el día 11.6.2010, planos 2 y 3, visados el día 10.2.2011, que tuvieron entrada en el ayuntamiento el día 29.10.2014 (RE nº 3033) y los planos 4, 5 y 6 (visados el día 24.11.2015) que tuvieron entrada en el ayuntamiento el día 14.12.2015 (RE nº 3775).

2. Tal y como se señala en el artículo 196 del PGOM, el objeto del estudio de detalle es exclusivamente definir la ocupación máxima de la parcela y el volumen máximo de la nueva edificación (mediante los fondos, frentes y alturas medias, en metros y nº de plantas). La propuesta del edificio a construir, que resulta de la documentación presentada el día 14.12.2015, cumple las condiciones de tipología, parcelación, posición, volumen y edificación de la ordenanza Z4 del PGOM. Otras cuestiones como las condiciones de acabado exterior y uso establecidas en el resto del articulado de la ordenanza Z4 se entiende que se deberán matizar en el proyecto básico que sirva para el otorgamiento de la licencia de obras.

3. La restante normativa de aplicación (entre otros): la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia; el Real decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código técnico de edificación; el Decreto 29/2010, de 4 de marzo, por el que se aprueban las normas de habitabilidad de viviendas en Galicia; la normativa sectorial aplicable, etc.) será analizada en el momento de la presentación del proyecto básico que sirva para la concesión de la licencia.

Segundo. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Diario Oficial de Galicia y el texto de los documentos que lo integran, así como el índice de planos del estudio de detalle, en el Boletín Oficial de la provincia.

Terceiro. Notificar el presente acuerdo a los propietarios y demás interesados directamente afectados por el estudio de detalle.

Cuarto. Comunicar a la consellería competente en materia de urbanismo la aprobación del estudio de detalle referido, a la vez que se le da da traslado de un ejemplar en soporte digital, debidamente diligenciado, a fin de ser inscrito en el Registro de Planeamento Urbanístico de Galicia.

Quinto. Facultar al alcalde presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos y, en general, para todo lo relacionado con este asunto.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Cariño, 9 de agosto de 2016

José M. Alonso Pumar
Alcalde