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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Viernes, 19 de agosto de 2016 Pág. 37089

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo

EDICTO (976/2015).

Yo, Ángel Gómez Santos, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, hago saber que en este juzgado se dictó la siguiente resolución:

Sentencia nº 147/2016.

Vigo, 18 de julio de 2016.

Vistos por mí, Manuel Ángel Pereira Costas, magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, los presentes autos de juicio verbal que con el número 976/2015 se siguen a instancia de Manuel Río Fernández y de María del Pilar Fernández Novas, representados por el procurador José Ramón Curbera Fernández y dirigidos por el letrado Carlos E. Borrás Díez de Rábago, contra Francisco Antonio Muíños Roza, declarado en situación de rebeldía procesual, y de Carmen Trigo Fernández, declarada también en situación de rebeldía, los cuales tienen por objeto una pretensión de responsabilidad extracontractual.

Fallo:

Estimo parcialmente la demanda formulada por Manuel Río Fernández y María del Pilar Fernández Novas contra Francisco Antonio Muíños Roza y Carmen Trigo Fernández, haciendo, en consecuencia, los siguientes pronunciamientos:

1º. Condeno a Francisco Antonio Muíños Roza a abonar a Manuel Río Fernández y a María del Pilar Fernández Novas la cantidad de 177,27 euros, así como a efectuar las reparaciones precisas para evitar la producción de las filtraciones en la vivienda de los demandantes, conforme a lo establecido en el informe pericial emitido por P. Freire Peritaciones, S.L. Todo ello con la condena del Sr. Muíños Roza a pagar las costas procesales.

2º. Rechazo la pretensión formulada contra Carmen Trigo Fernández sin que haya lugar a efectuar los pronunciamientos interesados, absolviéndola, con imposición de costas a la parte demandante.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que la misma es firme y que contra ella no cabe formular recurso de ningún tipo.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Como consecuencia del ignorado paradero de la codemandada Carmen Trigo Fernández y para que sirva de notificación a la misma, se expide este edicto.

Vigo, 20 de julio de 2016

El letrado de la Administración de justicia