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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Miércoles, 10 de agosto de 2016 Pág. 35692

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 44/2013).

María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 44/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Roberto Pintor Sines contra el Fogasa, Forensic Solutions, S.L.P., administrador concursal, Esabe Vigilancia, S.A., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«– Citar a las partes y, toda vez que la entidad Esabe Vigilancia, S.A. es desconocida, cítese por medio de edictos para que comparezca el día 23.11.2016 a las 10.05 horas en la planta baja, sala 1, edificio de la calle Berlín al acto de conciliación ante el/la letrado/a de la Administración de justicia y, en caso de no avenencia, a las 10.10 horas del mismo día, en la planta baja, sala 1, edificio de la calle Berlín, al acto de juicio.

– Adviértase a las partes que en caso de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación o juicio, el actor no comparecido será tenido por desistido de su demanda, no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio la incomparecencia del demandado, y continuará el procedimiento, sin necesidad de declarar su rebeldía.

– Respecto a los otrosíes solicitados a los efectos previstos en el artículo 81.4 de la LJS, paso a dar cuenta al juez.

Al otrosí, se tiene por anunciado el propósito de comparecer asistido/a o representado/a de abogado/a o graduado social a los efectos del artículo 21.2 de la LJS y por designado domicilio a efectos de comunicaciones, artículo 53 de la LJS.

– Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, y es carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La letrada de la administración de justicia»

Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 14 de julio de 2016

La letrada de la Administración de justicia