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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Miércoles, 10 de agosto de 2016 Pág. 35694

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (234/2013).

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 234/2013 de este juzgado de lo social, seguido por instancia de Jaime Torres Vigo, Sergio José Barreiro Pires, Antonio Otero Chenel, Jesús Plácido Suárez Villaverde, María del Carmen Canedo Traba, José Penas Íñiguez, Javier Miras Gómez, Victoria Martínez Lago y José Manuel Vaamonde Villasenín contra la empresa APV Motor, S.A., Millarent, S.L., Sanrent, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la seguinte resolución cuya parte dispositiva se adjunta:

«Parte dispositiva.

Acuerdo acumular la presente ejecución número 81/2016 a la seguida en esta oficina judicial con el número 234/2013.

Llévese testimonio del presente a la ejecución de razón y el original al libro correspondiente de decretos.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación mediante recurso de revisión a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo acuerdo y firmo.

La letrada de la Administración de justicia».

Para que sirva de notificación en legal forma a APV Motor, S.A., Millarent, S.L., Sanrent, S.L., Jaime Torres Vigo, Sergio José Barreiro Pires, Antonio Otero Chenel, Jesús Plácido Suárez Villaverde e María del Carmen Canedo Traba, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 12 de julio de 2016

La letrada de la Administración de justicia