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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Lunes, 8 de agosto de 2016 Pág. 35321

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 6 de julio de 2016 por la que se notifica la imposición de una multa coercitiva devuelta por el servicio de Correos por resultar sus destinatarios ausentes en el reparto (expediente PON/41/2013).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 18 de mayo de 2016, resolución por la que se impone una segunda multa coercitiva derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística número PON/41/2013 a Rosario Sobral Tomé y Manuel Sobral Amoedo como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 13 de febrero de 2015, que ordenaba la desinstalación de un remolque caravana, y de una carpa de 40 m2 y de la solera de hormigón para uso residencial sin vinculación a explotación agropecuaria alguna, y la reposición de los terrenos afectados al estado anterior al inicio de las obras, prohibiendo definitivamente los usos a los que dieran lugar, en la parcela 184 del polígono 14, con referencia catastral 36045A014001840000WL, en O Camiño da Lavandeira do Viso, 5, Tuimil, O Viso, en el término municipal de Redondela, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución, mediante esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se les notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, significándoles que el recurso únicamente será admisible por motivos de infracción del ordenamiento inherentes a la imposición de esta multa coercitiva, y es motivo de inadmisión la reiteración de las mismas razones que se esgrimieron o pudieron esgrimirse frente a la resolución de la que este acuerdo es un mero acto de ejecución.

En caso de no ejercer su derecho a presentar recurso potestativo de reposición pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 6 de julio de 2016

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística