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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Viernes, 5 de agosto de 2016 Pág. 34917

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 677/2014).

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber:

Que en el procedimiento ordinario 677/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Míguez Torres contra Autos Lobelle, S.L., Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia: 175/2016

PO procedimiento ordinario 0000677/2014-P

Sobre: ordinario

Demandante: Manuel Míguez Torres

Demandados: Autos Lobelle, S.L., Fogasa

Abogados: (…), Fogasa

En la ciudad de Santiago de Compostela, 30 de junio de 2016

Sentencia:

Javier Fraga Mandián, juez sustituto de este órgano jurisdiccional, tras haber visto los presentes autos registrados con el número arriba indicado, promovidos por Manuel Míguez Torres –asistido de la señora letrada Milagros Verde Crespo- contra la empresa Autos Lobelle, S.L. y el Fogasa –incomparecidos, ambos, al acto de juicio, no obstante su citación en forma- ha pronunciado, en nombre del rey, la siguiente resolución:

Fallo:

1º. Que estimando íntegramente la demanda promovida por Manuel Míguez Torres contra la empresa Autos Lobelle, S.L., debo condenarla y la condeno a que abone al actor la cantidad de 7.500 €, que habrá de resultar incrementada con el interés legal computado desde la interpelación judicial hasta el dictado de la presente resolución, fecha a partir de la cual se acrecentará en 2 puntos porcentuales hasta el completo abono de la cifra objeto de condena.

2º. Que, asimismo, debo condenar y condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por la condena impuesta a la aludida codemandada.

3º. No se hace especial pronunciamiento en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra ella, pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este juzgado en el término de cinco días desde la notificación de la presente sentencia, y que será resuelto, en su caso, y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Autos Lobelle, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 8 de julio de 2016

La letrada de la Administración de justicia