Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Jueves, 4 de agosto de 2016 Pág. 34640

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (613/2015).

María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de seguridad social 613/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y Construcciones Rafra, S.L.U., sobre seguridad social, se ha dictado sentencia cuyo fallo dice:

«Que, estimando la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la entidad Construcciones Rafra, S.L.U., debo condenar y condeno a la citada entidad Construcciones Rafra, S.L.U. a que reintegre a la mutua la cantidad de 11.378,68 € en concepto de prestaciones de asistencia sanitaria e indemnización, derivadas de los accidentes de trabajo sufridos por sus empleados Rafael Rodríguez Castroagudín, Valentín Bouzas Abuín, Manuel Lorenzo Sumay y Carlos Rial Romerol, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, como legales sucesores del Fondo de Garantía de Accidentes de Trabajo, en caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones Rafra, S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 11 de julio de 2016

La letrada de la Administración de justicia