Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 141 Miércoles, 27 de julio de 2016 Pág. 32987

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (1201/2013).

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 1201/2013 a instancia de Carolina Álvarez Basich contra la empresa Aloysius, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 23 de junio de 2016 que copiada en los particulares necesarios dice así:

«Fallo:

Se estima la demanda formulada por Carolina Álvarez Basich frente a Aloysius, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa Aloysius, S.L. a abonar a Carolina Álvarez Basich la cantidad de seiscientos sesenta y cuatro euros con cincuenta y nueve céntimos (664,59 euros).

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía, sin perjuicio de los demás motivos previstos en el artículo 191 de la LRJS.

La competencia para conocer el recurso de suplicación corresponderá, en su caso, al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarse el mismo en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social, o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el deposito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado haciendo constar en el ingreso el numero de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Aloysius, S.L expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 30 de junio de 2016

La secretaria judicial