En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en el uso de la competencia atribuida a esta jefatura territorial de A Coruña de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, se le notifica a las entidades interesadas los acuerdos citados en el anexo, comunicándoles que disponen del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para interponer recurso potestativo de reposición ante la Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, o en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Con carácter previo podrán comprobar el contenido íntegro del expediente en las dependencias de la Jefatura Territorial de A Coruña, avenida de Salvador de Madariaga, 9, 1º, de A Coruña, en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.
A Coruña, 25 de mayo de 2016
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña
ANEXO
1. Expediente núm.: TR 340 K 2011/48-1.
Nombre: Qualinnova Consulting, S.L.
Última dirección conocida: calle Oslo, 2, bajo, 15008 A Coruña.
Contenido de la resolución: acuerdo de procedencia de reintegro de la subvención para la generación de empleo estable.
Cuantía: 1.527,75 euros.
Precepto infringido: artículos 20.1 y 20.4 de la Orden de 17 de marzo de 2011.
2. Expediente núm.: TR 340 K 2011/160-1.
Nombre: Ollamar 2010, S.L.
Última dirección conocida: plaza del Conde, 9, entresuelo izquierdo, 15160 Sada, A Coruña.
Contenido de la resolución: acuerdo de procedencia de reintegro de la subvención para la generación de empleo estable.
Cuantía: 6.000 euros.
Precepto infringido: artículos 20.1 y 20.4 de la Orden de 17 de marzo de 2011.
3. Expediente núm.: TR 340 K 2011/230-1.
Nombre: Paz y Naveira, S.L.
Última dirección conocida: calle Galera, 51, bajo. 15003 A Coruña.
Contenido de la resolución: acuerdo de procedencia de reintegro de la subvención para la generación de empleo estable.
Cuantía: 6.000 euros.
Precepto infringido: artículo 20.4 de la Orden de 17 de marzo de 2011.