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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Martes, 5 de julio de 2016 Pág. 28555

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (235/2016).

Yo, María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 235/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Eva María López Rey contra Agro das Sebolas, S.L.U., Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de despido ha sido interpuesta por Eva María López Rey contra la entidad Agro das Sebolas, S.L. y, en consecuencia, debo declarar y declaro nulo el despido que la demandante ha sido objeto en fecha de 16 de febrero de 2016, y debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, desde la fecha de la presente resolución (7.6.2016), al cesar en su actividad la anterior entidad, condenando a la entidad Agro das Sebolas, S.L. al abono de una indemnización por despido a razón de 20.839,99 €, y por salarios de tramitación a razón de 5.224,58 €.

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Eva María López Rey contra la entidad Agro das Sebolas, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno ésta a que abone a la demandante la cantidad de 1.182,85 € brutos, por los salarios devengados en febrero de 2016 y liquidación de pagas extras, y la compensación económica por falta de preaviso, incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.

Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Agro das Sebolas, S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 9 de junio de 2016

La letrada de la Administración de justicia