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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Martes, 5 de julio de 2016 Pág. 28557

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (234/2016).

Yo, María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 234/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ana María Fraga López contra Agro das Sebolas, S.L.U., Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de despido ha sido interpuesta por Ana María Fraga López, contra la entidad Agro das Sebolas, S.L. y, en consecuencia, debo declarar y declaro nulo el despido que la demandante ha sido objeto en fecha de 16 de febrero de 2016, y debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, desde la fecha de la presente resolución (7.6.2016), al cesar en su actividad la anterior entidad, condenando a la entidad Agro das Sebolas, S.L. al abono de una indemnización por despido a razón de 1.707,32 €, y por salarios de tramitación a razón de 4.634,56 €.

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Ana María Fraga López contra la entidad Agro das Sebolas, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a ésta a que abone a la demandante la cantidad de 1.300,83 € brutos, por los salarios devengados en febrero de 2016 y liquidación de pagas extras, y la compensación económica por falta de preaviso, incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.

Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Agro das Sebolas, S.L.U. , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 9 de junio de 2016

La letrada de la Administración de justicia