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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Martes, 5 de julio de 2016 Pág. 28546

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4549/14-IS).

Yo, M. Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia de la Sección número 1 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4549/2014 de esta sección, seguido a instancia de Campus na Nube, S.L. (antes Tórculo Artes Gráficas, S.A.), Tórculo Artes Gráficas, S.A. contra Fogasa, Fotocopias Maxin, S.L.U., María Carmen Ferreiro Campos, administración concursal Fotocopias Maxin (María Sierra Rodríguez), sobre despido disciplinario, se ha dictado en fecha 10 de noviembre de 2015 por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo la siguiente resolución:

La sala acuerda declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado Manuel Lobato Iglesias, en nombre y representación de Tórculo Artes Gráficas, S.A. y Campus na Nube, S.L. contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 26 de diciembre de 2014, en el recurso de suplicación número 4549/2014, interpuesto por Tórculo Artes Gráficas, S.A. y Campus na Nube, S.L. frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de los de Santiago de Compostela de fecha 9 de junio de 2014, en el procedimiento 897/2013 seguido a instancia de María Carmen Ferreiro Campos contra Fotocopias Maxim, S.L.U., la administración concursal de Fotocopias Maxim, S.L.U., María Sierra, Tórculo Artes Gráficas, S.A., Campus na Nube, S.L. y Fogasa, sobre despido.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la recurrente y pérdida del depósito constituido para recurrir, dándose, en su caso, a las consignaciones y aseguramientos prestados el destino que corresponda.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fotocopias Maxin, S.L.A.U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 8 de junio de 2016

La letrada de la Administración de justicia