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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Martes, 5 de julio de 2016 Pág. 28599

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

EDICTO de 13 de junio de 2016, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la resolución del expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte denominado Ampliación de Serra de Gateira, Ceo, Val de Custas, Salpeiras e Cidade, a favor de los vecinos de Abelenda, Casares, Fornelos y Sariñás, en la parroquia de Abelenda das Penas (Santo André), en el ayuntamiento de Carballeda de Avia (Ourense).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de de septiembre, y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se hace público que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, en sesión que tuvo lugar con fecha 26 de abril de 2016, adoptó la siguiente resolución:

Examinado el expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte denominado «Ampliación de Serra de Gateira, Ceo, Val de Custas, Salpeiras e Cidade» a favor de los vecinos de Abelenda, Casares, Fornelos y Sariñás, en la parroquia de Abelenda das Penas (Santo André), en el ayuntamiento de Carballeda de Avia (Ourense), resultan los siguientes hechos:

Primero. Con fecha 8 de abril de 2015, tuvo entrada en el registro de la Jefatura Territorial de la Consellería del Medio Rural escrito dirigido al Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de los vecinos de Abelenda, en el que solicitan la clasificación como vecinal en mano común de varias parcelas denominadas «Ampliación de Serra de Gateira, Ceo, Val de Custas, Salpeiras e Cidade».

Segundo. Con fecha 10 de diciembre de 2015, el jurado provincial acuerda iniciar el expediente de clasificación como vecinal en mano común del referido monte, designando instructor y procediendo a realizar las comunicaciones y publicaciones a las que hacen referencia los artículos 20, 21 y 23 del reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, abriendo un período de un mes para la práctica de alegaciones.

Tercero. En el plazo concedido para la práctica de alegaciones no consta que se haya presentado ninguna.

Cuarto. El monte objeto de clasificación, de acuerdo con la documentación obrante en el expediente se describe así:

Denominación del monte: ampliación de Serra de Gateira, Ceo, Val de Custas, Salpeiras e Cidade.

Superficie: 10,3413 ha.

Pertenencia: Abelenda, Casares, Fornelos y Sariñás.

Parroquia: Abelenda das Penas (Santo André).

Municipio: Carballeda de Avia.

1. Parcelas o cotos redondos que constituyen el monte (caminos excluidos):

1ª parcela. Abelenda das Penas 1:

– Parcelas catastrales que comprende y superficies:

Municipio

Polígono

Parcela

Superficie catastral (m2)

Superficie a
clasificar (ha)

19

088

00047

8035

0,8356

19

089

01355

321

– Lindes.

a) Perímetro exterior.

Norte (propietarios enumerados de oeste a este mediante datos catastrales).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

088

00043

-

19

088

00020

-

19

088

00019

-

19

088

00018

-

Este (propietarios enumerados de norte a sur mediante datos catastrales).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

088

00016

-

19

088

00017

-

19

088

00002

-

19

088

00001

-

19

089

09003

-

Sur (propietarios enumerados de este a oeste).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

089

01354

-

19

089

01323

-

19

089

01321

-

19

089

01320

-

19

088

09001

-

Oeste (propietarios enumerados de sur a norte).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

088

00042

-

19

088

00044

-

2ª parcela. Abelenda das Penas 2:

– Parcelas catastrales que comprende y superficies:

Municipio

Polígono

Parcela

Superficie catastral (m2)

Superficie a
clasificar (ha)

19

086

00148

751

3,7273

19

086

00149

1407

19

089

01360

16937

19

089

01361

326

19

089

01362

9980

19

089

01363

266

19

089

01364

390

19

090

00703

1015

19

090

00704

2689

19

091

00419

3512

– Lindes.

a) Perímetro exterior.

Norte (propietarios enumerados de oeste a este mediante datos catastrales).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

089

09014

Camino

Este (propietarios enumerados de norte a sur mediante datos catastrales).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

089

00873

-

19

089

00880

-

19

089

01368

-

19

089

00881

-

19

0013

025

-

19

0013

028

-

19

0013

030

-

19

0013

031

-

19

0013

034

-

19

0013

035

-

19

091

00215

-

19

089

09021

Camino

19

091

00241

-

19

091

00239

-

19

091

00238

-

19

091

00407

-

19

091

00408

-

19

091

00409

-

Sur (propietarios enumerados de este a oeste).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

086

09001

Camino

19

086

09013

Camino

19

090

09002

Camino

19

090

00264

-

19

090

01505

-

Oeste (propietarios enumerados de sur a norte).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

089

09001

Camino

3ª parcela. Abelenda das Penas 3:

– Parcelas catastrales que comprende y superficies:

Municipio

Polígono

Parcela

Superficie catastral (m2)

Superficie a
clasificar (ha)

19

090

00328

8287

0,8287

– Lindes.

a) Perímetro exterior.

Norte (propietarios enumerados de oeste a este mediante datos catastrales).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

090

00298

-

19

090

00295

-

19

090

00293

-

19

090

00292

-

19

090

00285

-

Este (propietarios enumerados de norte a sur mediante datos catastrales).

Municipio

Polígono

Parcela

19

090

00284

19

090

00283

19

090

00282

19

090

00281

Sur (propietarios enumerados de este a oeste).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

086

09001

Camino

Oeste (propietarios enumerados de sur a norte).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

090

00303

-

19

090

00302

-

19

090

00301

-

19

090

00300

-

19

090

00299

-

4ª parcela. Abelenda das Penas 4:

–Parcelas catastrales que comprende y superficies:

Municipio

Polígono

Parcela

Superficie catastral (m2)

Superficie a
clasificar (ha)

19

084

00001

1449

2,0067

19

084

00002

4114

19

084

00003

4983

19

084

00878

1455

19

084

00879

917

19

090

00354

1846

19

090

00417

3853

19

090

00701

1450

– Lindes.

a) Perímetro exterior.

Norte (propietarios enumerados de oeste a este mediante datos catastrales).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

090

00414

-

19

090

00415

-

19

090

00416

-

19

090

00350

-

19

090

00353

-

19

090

00352

-

19

090

00342

-

19

090

00333

-

19

090

00331

-

Este (propietarios enumerados de norte a sur mediante datos catastrales).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

084

09001

Camino

19

084

00073

-

19

084

00075

-

19

084

00076

-

19

084

00078

-

19

084

00079

-

Sur (propietarios enumerados de este a oeste).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

0022

401

-

19

084

00012

-

19

084

00011

-

19

084

00008

-

19

084

00007

-

19

084

00009

-

19

084

00010

-

19

084

00006

-

19

084

00005

-

19

084

00004

-

19

084

09006

Camino

19

084

09005

Camino

19

084

00829

-

Oeste (propietarios enumerados de sur a norte).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

084

09004

Camino

19

084

09003

Camino

19

084

09001

Camino

19

090

00698

-

19

090

00700

-

19

090

00423

-

19

090

00422

-

19

090

00420

-

19

090

00419

-

19

090

00705

-

5ª parcela. Abelenda das Penas 5:

– Parcelas catastrales que comprende y superficies:

Municipio

Polígono

Parcela

Superficie catastral (m2)

Superficie a
clasificar (ha)

19

086

00344

17323

1,7323

– Lindes.

a) Perímetro exterior.

Norte (propietarios enumerados de oeste a este mediante datos catastrales).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

086

00313

-

19

086

00314

-

19

086

00315

-

19

086

00316

-

19

086

00317

-

19

086

00318

-

Este (propietarios enumerados de norte a sur mediante datos catastrales).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

086

00319

-

19

086

00320

-

19

086

00321

-

19

086

00327

-

19

086

00328

-

19

086

00329

-

19

086

00330

-

19

086

00331

-

19

086

00332

-

19

086

00334

-

19

086

00335

-

19

086

00336

-

19

086

00337

-

19

086

00339

-

Sur (propietarios enumerados de este a oeste).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

086

00624

-

19

086

00341

-

19

086

00343

-

19

086

00342

-

19

086

00055

-

19

086

00054

-

19

086

00052

-

19

086

00051

-

19

086

00050

-

Oeste (propietarios enumerados de sur a norte).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

084

09001

Camino

19

086

09015

Camino

6ª parcela. Abelenda das Penas 6:

– Parcelas catastrales que comprende y superficies:

Municipio

Polígono

Parcela

Superficie catastral (m2)

Superficie a
clasificar (ha)

19

028

00119

9486

1,2107

19

028

00120

591

19

028

00121

1334

19

028

00122

560

19

028

00123

136

– Lindes.

a) Perímetro exterior.

Norte (propietarios enumerados de oeste a este mediante datos catastrales).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

028

00087

-

19

028

00238

-

19

028

00237

-

19

028

00118

-

19

028

09002

Camino

19

028

09006

Camino

Este (propietarios enumerados de norte a sur mediante datos catastrales).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

028

09006

Camino

19

028

09005

Camino

Sur (propietarios enumerados de este a oeste).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

028

00142

-

19

028

00141

-

19

028

00143

-

19

028

09001

Camino

Oeste (propietarios enumerados de sur a norte).

Municipio

Polígono

Parcela

Propietario

19

028

00092

-

19

028

00085

-

19

028

00086

-

19

028

00239

-

Fundamentos de derecho:

Primero. El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común es el órgano competente para conocer los expedientes de clasificación de los montes que tienen tal carácter, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la mencionada ley «son montes vecinales en mano común (...) los que, con independencia de su origen, sus posibilidades productivas, su aprovechamiento actual y su vocación agraria, pertenezcan a agrupaciones vecinales en calidad de grupos sociales y no como entidades administrativas, y se viniesen aprovechando consuetudinariamente en régimen de comunidad sin asignación de cuotas por los miembros de aquellas en su condición de vecinos».

Tercero. Es reiterada doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que son dos las notas características de los montes vecinales en mano común: una, el aprovechamiento consuetudinario en mano común y, otra, la atribución de la titularidad de ese aprovechamiento a los vecinos integrantes de un grupo social determinado, independientemente de su calificación o no como entidad administrativa, correspondiendo constatar el aprovechamiento y atribuir la titularidad a favor del grupo social que lo venga disfrutando al Jurado Provincial de Clasificación.

Cuarto. El carácter de monte vecinal en mano común se ha acreditado mediante los testimonios de los vecinos solicitantes y las actuaciones realizadas por el Servicio de Montes y la documentación que consta en el expediente.

En consecuencia con lo que antecede, examinada la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, su reglamento, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, el Decreto 166/2015 de 13 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural, y demás normativa legal y reglamentaria, el jurado provincial por unanimidad de sus miembros,

RESUELVE:

Clasificar como monte vecinal en mano común el monte denominado «Ampliación de Serra de Gateira, Ceo, Val de Custas, Salpeiras e Cidade» a favor de los vecinos de Abelenda, Casares, Fornelos y Sariñás, en la parroquia de Abelenda das Penas (Santo André), en el ayuntamiento de Carballeda de Avia (Ourense), de acuerdo con la descripción realizada en el hecho cuarto.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 13/1989, en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 13 de junio de 2016

Yago Borrajo Sánchez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense