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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Martes, 5 de julio de 2016 Pág. 28549

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense

EDICTO (146/2015).

Yo, Paula Andrea Arango Campuzano, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 4 (Mercantil) de Ourense, hago saber que en el incidente concursal 1-96 146/15-01 iniciado a instancia de la concursada, Productos Bituminosos de Galicia, S.A., representado por la procuradora Elisa Rodríguez frente a la Administración concursal de la concursada, se ha dictado sentencia en fecha 19.2.2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“Que debo estimar y estimo la demanda incidental interpuesta por la procuradora de los tribunales Elisa Rodríguez González, en nombre de Productos Bituminosos de Galicia, S.A. contra la A.C. de la entidad en concurso sobre impugnación de la lista de acreedores, debiendo ser modificada la calificación de los créditos que ostenta del siguiente modo:

– Excluir los créditos del acreedor número 63 Cid Pascual, Benito Manuel, por importe de 9.940 euros.

– Excluir los créditos del acreedor número 391 la mercantil Acibeiro, S.L.U., por importe de 34.853,91 euros.

– Incluir un crédito a favor de la entidad Horminorsa, S.L. por importe de 40.366 euros, que deben ser calificados como crédito ordinario.

– Se modifica el inventario de bienes y derechos, en el siguiente sentido.

• Se incluye el derecho de cobro sobre la mercantil Acibeiro, S.L.U. por importe de 25.954,05 euros.

• Se excluye el derecho de cobro sobre la mercantil Horminorsa S.L. por importe de 17.000 euros, y ello con la calificación de subordinado.

Sin imposición de las costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de reproducir la cuestión en la apelación más próxima siempre que hubiesen formulado protesta en el plazo de cinco días (artículo 197.3 LEC)».

Y como consecuencia del ignorado paradero de las mercantiles Acibeiro, S.L.U. y Horminorsa, S.L., se extiende el presente para que sirva de cédula de notificación.

Ourense, 24 de febrero de 2016

La letrada de la Administración de justicia