BDNS (Identif.): 309456
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional ( http://www.pap.minhap.go.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios
Aquellos comercios que apuestan por situar al cliente en el centro de su estrategia, aprovechando todos los recursos a su disposición a fin de acercarle su oferta.
Segundo. Objeto
Estas bases tienen por objeto regular la concesión de los premios Smart Commerce como un reconocimiento institucional y social.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Importe
Se destina un total de 8.500 euros de la aplicación presupuestaria 09.30.751A.480.0.
Los premios del Comercio constarán de las siguientes categorías:
a) Premio Smart Commerce Galicia, con una cuantía de 2.000 euros, en la que se incluirá el premio correspondiente a la provincia.
b) Premio Smart Commerce Provincial, con una cuantía de 1.500 euros por provincia.
c) Premio e-Commerce, con una cuantía de 1.000 euros.
d) Premio Social Commerce, con una cuantía de 1.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG. Se entenderá que el plazo vence el día cuyo ordinal coincida con el que sirvió de partida, que es el de la publicación en el DOG, y, si es festivo, el primer día hábil siguiente.
Santiago de Compostela, 3 de junio de 2016
Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria