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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Miércoles, 8 de junio de 2016 Pág. 23161

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santiago de Compostela

EDICTO (664/2014).

Yo, María Jesús Pérez Fernández, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santiago de Compostela, por el presente anuncio hago saber que en el presente procedimiento de juicio verbal número 664/2014, seguido a instancia de la procuradora Soledad Sánchez Silva en nombre y representación de Ramón Pérez Neira, frente a Pastor Álvarez Roel, frente a José Álvarez Bar, frente a Antonio Vázquez Porto, frente a José Vázquez Porto, frente a Aurora Vázquez Porto, frente a Camilo Vázquez Porto, frente a Manuel Vázquez Porto, frente a Juan Vázquez Porto y frente a Jesús Vázquez Porto, se ha dictado sentencia en fecha 26 de junio de 2015, cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:

«Sentencia: 105/2015.

Juicio verbal nº 664/2014.

Santiago de Compostela, 26 de junio de 2015.

Sentencia.

Vistos por mí, Ana Belén López Otero, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santiago de Compostela, los presentes autos de juicio verbal tramitados con el número 664/2014, en los que han intervenido, como demandante, Ramón Pérez Neira, representado por la procuradora de los tribunales Sra. Sánchez Silva y asistido por el letrado Sr. López Fernández, y como demandados, Jesús Vázquez Porto, Juan Vázquez Porto, Manuel Vázquez Porto, Camilo Vázquez Porto, Aurora Vázquez Porto, José Vázquez Porto, Antonio Vázquez Porto, representados por el procurador de los tribunales Sr. Brea Sánchez y asistidos por la letrado Sra. Díaz Tomé, Pastor Álvarez Roel y José Álvarez Bar, ambos en situación de rebeldía procesal, en virtud de las siguientes consideraciones.

Dispongo estimar la demanda interpuesta por Ramón Pérez Neira y, en consecuencia, se declara que la finca inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Santiago de Compostela al tomo 63, libro 32, folio 200, finca nº 1514, pertenece a Ramón Pérez Neira y su esposa María de la Torre López, con carácter ganancial, debiendo ordenarse la inscripción a su favor en el Registro de la Propiedad, con cancelación de las inscripciones que a aquella resulten contradictorias, debiendo librarse los oportunos despachos una vez firme esta resolución, todo ello sin expresa imposición de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá interponerse en el plazo de veinte días a partir de su notificación, para su ulterior resolución por la Audiencia Provincial, previo depósito de la suma de 50 euros.

Así lo acuerdo, mando y firmo».

Y encontrándose los demandados Pastor Álvarez Roel y José Álvarez Bar, en situación de rebeldía procesal y en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

Santiago de Compostela, 10 de julio de 2015

La secretaria judicial