Intentada la notificación del acuerdo dictado por la jefa territorial de la Consellería de Economía, Empleo e Industria de Lugo, por el que se inicia el procedimiento de reintegro de la subvención concedida, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y según lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y lo establecido en el artículo 61 del mismo texto legal, se notifica a los interesados el contenido de dicho acto como figura en el anexo para que puedan tener conocimiento de él.
De conformidad con lo previsto en el artículo 38.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se concede a los interesados un plazo de quince días hábiles, que empezará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente cédula en el Boletín Oficial del Estado, para que puedan formular las alegaciones y presentar documentación que consideren pertinente ante esta jefatura territorial.
Los interesados, durante este plazo, podrán presentarse ante el Servicio de Empleo y Economía Social de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Empleo e Industria de Lugo, situado en la ronda de la Muralla, nº 70, bajo, en Lugo, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, a efectos de conocer íntegramente el contenido del acto administrativo.
Lugo, 24 de mayo de 2016
Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo
ANEXO
Nº de expediente: TR349A 2012/69-2.
Nombre: Judit Fernández Rodríguez.
DNI/NIF: 33538077Y.
Último domicilio conocido: Sect. Músicos, 26, 6º dcha., Tres Cantos, 28760 Madrid.
Ayuda: programa de incentivos a la contratación indefinida inicial (programa CONII).
Orden reguladora: Orden de 6 de agosto de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras del programa de incentivos a la contratación de las personas trabajadoras, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2012 (Diario Oficial de Galicia de 14 de agosto).
Hecho imputado: no mantener en su plantilla fija las personas trabajadoras subvencionadas durante un período de tres años contado desde la fecha de realización de la contratación.
Precepto infringido: base séptima, apartado 1, anexo I, de la orden de convocatoria.
Contenido del acto administrativo: inicio del procedimiento de reintegro de la ayuda.
Fecha del acto: 20 de abril de 2016.