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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Miércoles, 1 de junio de 2016 Pág. 21199

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Pontevedra

ANUNCIO de 10 de mayo de 2016, de la Secretaría General del Pleno, relativo a la aprobación definitiva del Plan especial de infraestructuras y dotaciones en la calle Antón Fraguas, en la unidad de actuación número 35 del Plan general de ordenación municipal.

El Pleno del Ayuntamiento de Pontevedra, en la sesión ordinaria que tuvo lugar el 18.4.2016, adoptó, entre otros pronunciamientos, el siguiente acuerdo que, en su parte dispositiva, literalmente dice:

«(...) Primero. Prestar aprobación, con carácter definitivo, al documento texto refundido del Plan especial de infraestructuras y dotaciones en la calle Antón Fraguas (Pontevedra), en la unidad de actuación 35 del PGOU, instrumento urbanístico formulado por este ayuntamiento y redactado por la arquitecta municipal adscrita a la Oficina Técnica de Arquitectura y Planeamiento, en fecha diciembre de 2015, para ejecución de la sentencia dictada el 23.6.2011, en el procedimiento común 4601/2007, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, confirmada por la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2014, dictada en el recurso de casación número 5634/2011, y que cuenta con informe favorable de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de fecha 18.3.2016.

Segundo. Notificar este acto administrativo a los interesados/propietarios de terrenos afectados según relación catastral incorporada al expediente y, particularmente, a las entidades mercantiles Construcciones y Obras Veteris, S.L. y a Tejima España, S.A., a la que se tiene como constituida en parte e interesada en el expediente; notificación que se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos del ayuntamiento y en el BOE cuando sean desconocidos, sea ignorado el lugar de notificación o intentada ésta no se hubiese podido practicar y, al mismo tiempo, comunicárselo a la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, dándole traslado, a esta última, de una copia autenticada de dos ejemplares, en formato digital, del instrumento aprobado definitivamente con todos los planos y documentos que integran el plan sobre los que recae el acuerdo de aprobación definitiva, debidamente diligenciados por la Secretaría General del Pleno del Ayuntamiento, haciendo constar dicha circunstancia.

Tercero. Disponer la publicación del anuncio del acuerdo de aprobación definitiva en el plazo de un mes en el Diario Oficial de Galicia, haciendo constar la remisión de la documentación a la consellería, así como la dirección electrónica en la que figurará el contenido íntegro del plan a disposición del público y, tras la inscripción, si procede, en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia, la publicación del contenido íntegro del plan en la web http://www.pontevedra.gal y del documento que contenga la normativa y las ordenanzas en el Boletín Oficial de la provincia, para conseguir su eficacia y ejecutividad, de conformidad con lo establecido en la legislación de régimen local, concretamente, en los artículos 70.2, 70 ter y 65 de la Ley reguladora de las bases del régimen local (...)».

Se hace constar expresamente que, en fecha 10.5.2016 tuvo entrada en el Registro de la Ventanilla Única de la Xunta de Galicia la documentación mencionada, dirigida a la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Asimismo, se hace constar que en estas fechas ya se encuentra publicado en la página web municipal (www.pontevedra.gal) el contenido íntegro del documento aprobado definitivamente por el Pleno de la Corporación.

Recursos procedentes.

Contra este acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación (artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998). Esto sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se entienda más procedente y sea conforme a derecho.

Pontevedra, 10 de mayo de 2016

José Luis Mato Rodríguez
Secretario general del Pleno