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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Jueves, 26 de mayo de 2016 Pág. 20327

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 12 de mayo de 2016 por la que se modifica uno de los ficheros creados en la Orden de 1 de diciembre de 2010 por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

La Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE núm. 298, de 14 de diciembre), regula el tratamiento de datos de carácter personal registrados en soportes físicos que los hagan susceptibles de tratamiento, así como toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado. La finalidad de esta regulación es garantizar y proteger las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente su honor e intimidad personal y familiar.

En el artículo 20 de dicha ley se dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el BOE o diario oficial correspondiente, estableciéndose en su punto segundo las indicaciones concretas que han de constar en las disposiciones de creación y modificación de aquellos.

Para dar cumplimiento a este precepto se publicó la Orden de 1 de diciembre de 2010 por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia. La evolución de la actividad administrativa supuso la modificación del fichero que se detalla en el anexo de la presente orden, lo que obliga, conforme a la citada Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, a la modificación de la Orden de 1 de diciembre de 2010.

En consecuencia, y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 34.6 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

Mediante la presente orden de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia se modifica el fichero de carácter personal denominado «Relaciones administrativas con la ciudadanía y entidades», según se especifica en el anexo.

Artículo 2. Contenido

La información exigida para las disposiciones de modificación de ficheros en el artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y en el artículo 54 de su reglamento asociado, aprobado por el Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, está contenida en el anexo de esta orden.

Artículo 3. Finalidad y uso del fichero

Los datos de carácter personal incluidos en el fichero de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia modificado por esta resolución solo serán utilizados para los fines expresamente previstos y declarados en el anexo, y por el personal debidamente autorizado.

Artículo 4. Cesión de datos

Los datos solo podrán ser cedidos en los supuestos expresamente previstos por la ley y en los detallados en el anexo. En el supuesto de cesión de datos a las administraciones públicas, se estará a lo dispuesto en la normativa vigente respecto a esta materia.

Artículo 5. Órgano responsable del fichero

La responsabilidad sobre el fichero modificado por esta orden corresponde a la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia. En el anexo se detalla la unidad ante la que ejercerán los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos que obran en el fichero.

Artículo 6. Nivel de protección y medidas de seguridad

El fichero modificado por esta orden se encuentra clasificado atendiendo a lo dispuesto en los artículos 80 y siguientes del Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. En el anexo aparece la clasificación (nivel básico, medio o alto) de dicho fichero.

El titular del órgano responsable de este fichero adoptará las medidas técnicas, de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley orgánica 15/1999 y en sus normas de desarrollo.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de mayo de 2016

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ANEXO
Modificación de un fichero responsabilidad de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

Denominación del fichero

Relaciones administrativas con la ciudadanía y entidades

Descripción de su finalidad y usos previstos

Gestión de las relaciones administrativas con la ciudadanía, entre ellas procedimientos administrativos, registros, ventanilla electrónica 24×7, ayudas o subvenciones, y gestión de las relaciones administrativas con entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, universidades, etc.) que mantengan relación con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos

Ciudadanía y residentes.

Solicitantes.

Familiares de la persona solicitante.

Personas beneficiarias.

Representantes legales.

Representantes de entidades que mantienen relaciones administrativas con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Procedimiento de recogida de datos

Formularios en papel y electrónicos.

Procedencia de los datos

La propia persona interesada o quien ejerza su representación legal.

Entidades privadas.

Administraciones públicas.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal (categorías de datos)

Datos especialmente protegidos: violencia de género.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, teléfono, dirección, firma, firma electrónica, número de colegiado.

Datos de características personales.

Datos de información comercial.

Datos económicos financieros y de seguros.

Datos de circunstancias sociales.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalle de empleo.

Datos de transacciones.

Datos relativos a la comisión de infracciones.

Otros tipos de datos.

Sistema de tratamiento

Mixto.

Comunicaciones o cesiones de datos

Otros órganos de la Comunidad Autónoma.

Otros órganos de la Unión Europea con competencia en justicia gratuita.

Órganos judiciales.

Colegios profesionales.

Otros: Valedor/a del Pueblo.

Transferencias internacionales de datos a terceros países

No se prevén.

Órgano responsable del fichero

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia/Secretaría General.

Servicios o unidades ante los que pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia/Secretaría General.

Nivel del fichero

Alto.