Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 98 Miércoles, 25 de mayo de 2016 Pág. 20267

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 27 de abril de 2016, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2015097AL-LU, por infracción en materia sanitaria.

Con fecha 1 de abril de 2016, la Dirección General de Salud Pública dictó resolución del expediente sancionador 2015097AL-LU, iniciado en la Jefatura Territorial de Lugo a Mª de los Ángeles Rodríguez López, titular del establecimiento Restaurante Costumes do Mar.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula, y según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se notifica a Mª de los Ángeles Rodríguez López, titular del establecimiento Restaurante Costumes do Mar, el contenido de la resolución que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que la asiste para interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula, según establece el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de la Dirección General de Salud Pública, situada en San Lázaro, s/n, Santiago de Compostela, y a obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En caso de conformidad con el contenido de esta resolución, el abono voluntario de la sanción podrá hacerse en el siguiente plazo: 1) las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente; 2) las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente. Todo esto mediante el ingreso que deberá efectuar en cualquier oficina de Abanca; del BBVA, transacción 1316, NIF S1511001H, o del Banco Santander, empleando los impresos normalizados que se le facilitarán en las dependencias de esta dirección general. El pago voluntario pondrá fin al expediente. De no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación a la interesada, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE).

Santiago de Compostela, 27 de abril de 2016

Andrés Paz-Ares Rodríguez
Director general de Salud Pública

ANEXO

Nº expediente: 2015097AL-LU.

Denunciada: Mª de los Ángeles Rodríguez López, titular del establecimiento Restaurante Costumes do Mar.

DNI/CIF: 33538298C.

Última dirección conocida: calle Trapero Pardo, 22, 27780 Foz (Lugo).

Hecho imputado: infracción en materia sanitaria.

Preceptos infringidos:

Artículo 3, punto 1 y punto 2.d) del capítulo I, punto 1.d), punto 1.f), punto 2 del capítulo II, punto 1.b) del capítulo V, punto 2 del capítulo VI, punto 2 y punto 4 del capítulo IX del anexo II del Reglamento (CE) nº 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios (DOUE núm. 139, de 30 de abril).

Artículos 3.2, 3.3, 6.7, 7.1, 7.2, 7.3 y 8 del Real decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (BOE núm. 11, de 12 de enero de 2001).

Tipificación: grave, según los artículos 50.1.e) y 51.2, párrafo decimoctavo, de la Ley  7/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición (BOE núm. 160, de 6 de julio).

Sanción impuesta: seis mil euros (6.000 €).