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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 97 Martes, 24 de mayo de 2016 Pág. 19862

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2016, de la Secretaría General de Empleo, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acuerdo entre la Administración y las organizaciones sindicales CC.OO., UGT y CSIF sobre el incremento de plazas para la OPE de 2016 en la promoción interna para el personal laboral de la Xunta de Galicia, el incremento de la promoción interna de las plazas acumuladas de la OPE 2015 en los procesos de la OPE de 2016 y el turno específico de discapacidad intelectual.

Visto el texto del acuerdo entre la Administración y las organizaciones sindicales CC.OO., UGT y CSIF, suscrito el 24 de febrero de 2016, sobre el incremento de plazas para la OPE de 2016 en la promoción interna para el personal laboral de la Xunta de Galicia, el incremento de la promoción interna de las plazas acumuladas de la OPE 2015 en los procesos de la OPE de 2016 y el turno específico de discapacidad intelectual, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

La Secretaría General de Empleo

RESUELVE:

Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia (Regcon), creado mediante la Orden de 29 de octubre de 2010 (DOG nº 222, de 18 de noviembre).

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de mayo de 2016

Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo

Acuerdo entre la Administración y las organizaciones sindicales CC.OO., UGT y CSIF sobre el incremento de plazas para la OPE de 2016 en la promoción interna para el personal laboral de la Xunta de Galicia, el incremento de la promoción interna de las plazas acumuladas de la OPE 2015 en los procesos de la OPE de 2016 y el turno específico de discapacidad intelectual

1. La oferta de empleo público (OPE) correspondiente al año 2016 para el personal laboral de la Xunta de Galicia por el turno de acceso libre está basada en los criterios establecidos en el artículo 13 de la Ley 12/2015, de 24 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2016 (DOG de 31 de diciembre) en relación con la normativa básica estatal, y comprende las plazas siguientes:

Personal laboral

Cupo general

Personas con discapacidad general

Total plazas

Grupo IV. Categoría 003. Auxiliar de enfermería

64

6

70

Grupo IV. Categoría 033. Conductor/a autobomba defensa contra incendios forestales

30

30

Grupo V. Categoría 001. Camarero/a-limpiador/a. Ayudante/a de cocina

69

7

76

Grupo V. Categoría 10B. Vigilante fijo/a de defensa contra incendios forestales

10

10

Grupo V. Categoría 10C. Emisorista de defensa contra incendios forestales

10

10

Grupo V. Categoría 014. Peón/a defensa contra incendios forestales

22

22

Grupo V. Categoría 14A. Peón/a conductor de defensa contra incendios forestales

22

22

2. El artículo 20.uno.4. in fine de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de presupuestos generales del Estado para el año 2016 (BOE de 30 de octubre) establece:

«No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado del límite máximo de la tasa de reposición de efectivos aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna».

3. El artículo 9.4 del Convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia (DOG de 3 de noviembre de 2008) establece:

«Las vacantes no cubiertas por este turno se acumularán al turno de acceso libre».

4. La Consellería de Hacienda y las organizaciones sindicales miembros de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos y de la Comisión de Personal de la Xunta de Galicia, conscientes tanto de la necesidad de ofertar un mayor número de puestos de trabajo de estas categorías para su cobertura en destino definitivo, como también de fomentar la promoción interna del personal laboral y con la finalidad establecida en la disposición adicional undécima del Convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia,

ACUERDAN:

Primero. Dejar sin efecto, para las convocatorias derivadas de la OPE para el año 2016 del personal laboral, así como para las plazas acumuladas a los procesos de dicha OPE –que se concreta en 26 plazas de auxiliar de clínica–, el apartado 4 del artículo 9 del Convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia, que queda establecido del siguiente modo:

«Para la OPE de 2016 las vacantes no cubiertas por el turno de promoción interna no se acumularán a las de acceso libre».

Segundo. Dicha previsión posibilita el incremento al doble de las plazas de personal laboral de la OPE de 2016 y al doble de las acumuladas del mismo tipo de personal de 2015 a las del año 2016, tal como queda reflejado en el anexo.

Tercero. Se acuerda ofertar para discapacidad intelectual, mediante un turno específico, seis puestos de la OPE de 2015 sin la previsión de que haya promoción interna.

Cuarto. La Administración se compromete a ofertar en la OPE 2017, dentro de lo establecido en la legislación básica, puestos de las categorías de personal laboral de las categorías más numerosas en los que haya una mayor temporalidad.

Quinto. La Administración se compromete a convocar y resolver definitivamente un concurso de traslados para el personal laboral fijo de los grupos IV y V, según lo establecido en el V Convenio colectivo único, antes de la toma de posesión del nuevo personal de las categorías convocadas en la OPE de 2016.

ANEXO
Plazas correspondientes a la oferta para el ingreso en las categorías
de personal laboral en el año 2016

Acceso libre

Personal laboral

Cupo general

Personas con discapacidad general

Personas con discapacidad intelectual

Total plazas

Grupo IV. Categoría 003. Auxiliar de enfermería

64

6

70

Grupo IV. Categoría 033. Conductor/a autobomba defensa contra incendios forestales

30

30

Grupo V. Categoría 001. Camarero/a-limpiador/a. Ayudante/a de cocina

69

7

76

Grupo V. Categoría 10B. Vigilante fijo/a de defensa contra incendios forestales

10

10

Grupo V. Categoría 10C. Emisorista de defensa contra incendios forestales

10

10

Grupo V. Categoría 014. Peón/a defensa contra incendios forestales

22

22

Grupo V. Categoría 14A. Peón/a conductor de defensa contra incendios forestales

22

22

Total

227

13

240

Promoción interna

Personal laboral

Cupo general

Personas con discapacidad general

Personas con discapacidad intelectual

Total plazas

Grupo IV. Categoría 003. Auxiliar de enfermería

87

9

96

Grupo IV. Categoría 033. Conductor/a autobomba defensa contra incendios forestales

30

30

Grupo V. Categoría 001. Camarero/a-limpiador/a. Ayudante/a de cocina

69

7

76

Grupo V. Categoría 10B. Vigilante fijo/a de defensa contra incendios forestales

10

10

Grupo V. Categoría 10C. Emisorista de defensa contra incendios forestales

10

10

Grupo V. Categoría 014. Peón/a defensa contra incendios forestales

22

22

Grupo V. Categoría 14A. Peón/a conductor de defensa contra incendios forestales

22

22

Total

250

16

266

Total oferta

477

29

506