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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Viernes, 13 de mayo de 2016 Pág. 18470

V. Administración de justicia

Audiencia Provincial de A Coruña (Sección Quinta)

EDICTO (215/2015).

Yo, Ana Belén Jorge Rogel, letrada de la Administración de justicia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña, hago saber que en el rollo de apelación que se dirá ha recaído la Sentencia de 12 de diciembre de 2014 cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«A Coruña, 22 de marzo de 2016.

En el recurso de apelación civil 215/2015, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ferrol, en juicio ordinario 165/2014, siendo la cuantía del procedimiento indeterminada, seguido entre partes, como apelante/demandante María del Carmen Rodríguez García, representada por la procuradora Sra. González Pereira; como apelado/demandado Antonio Rodríguez García (rebelde). Siendo ponente Julio Tasende Calvo.

Revocando en parte la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ferrol, en el juicio ordinario 165/2014, y estimando la demanda interpuesta por María del Carmen Rodríguez García contra Antonio Rodríguez García, debemos declarar y declaramos que, por documento privado de 16 de septiembre de 1991, los otorgantes realizan la partición convencional de la herencia de Benigno Rodríguez Arias y la partición parcial de la herencia de Josefa García Calvo, respecto a los bienes de ésta que integran la sociedad de gananciales de los causantes, resultando adjudicado a María del Carmen Rodríguez García el 100 % de la propiedad de los bienes incluidos en su hijuela, según el documento expresado, así como la liquidación de la sociedad de gananciales de los causantes, y condenamos al demandado al pago de las costas procesales de la primera instancia, manteniendo en todo lo demás el fallo apelado, sin hacer especial imposición de las costas causadas en el recurso.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Para que conste y sirva para la inserción en el Diario Oficial de Galicia (DOG) al objeto de notificar a las partes declaradas en rebeldía Antonio Rodríguez García, expido y firmo el presente edicto. Doy fe.

A Coruña, 5 de abril de 2016

La letrada de la Administración de justicia