La persona titular del Servicio de Movilidad de Lugo formuló propuesta de resolución en el expediente sancionador número LU-00905-O-2015 iniciado por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación de la propuesta de resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifica la propuesta de resolución a la persona interesada en el procedimiento.
Se le informa que el expediente sancionador se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de Lugo.
Se le otorga un plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que considere conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estime oportunas.
Lugo, 26 de abril de 2016
Mª del Pilar Represa Fernández
Jefa del Servicio de Movilidad de Lugo
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Denunciado DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción denunciada Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
LU-00905-O-2015 1692-FRF Guardia Civil 2701 C30220X |
Expósito González, Faustino José 33815294G Lg. Antigua Nacional VI, 25 27150 Outeiro de Rei (Lugo) |
No llevar insertada en el tacógrafo la tarjeta de conductor o la hoja de registro de los tiempos de conducción y descanso, cuando ello resulte exigible o hacerlo de forma incorrecta. O no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que ésta no obre en poder suyo. 25.4.2015; 9.20; N-547; 21,0 |
Art. 140.22 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
2.001 euros |