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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Jueves, 28 de abril de 2016 Pág. 15785

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Tributaria de Galicia

ANUNCIO de 18 de abril de 2016, de la Zona de Recaudación de Vigo, por el que se comunica la celebración de una subasta pública de bienes y derechos.

El día 8 de junio de 2016, a las 10.30 horas, en los locales de la Zona de Recaudación de Vigo, (situada en la calle Areal nº 62, local 3, de Vigo) se celebrará la subasta pública de los bienes/derechos que se describen a continuación:

Lote

Descripción

Valor

Cargas

Tipo 1ª

Tramos

1

Finca de Vigo Nº 66620

Descripción de la finca:

Urbana. Local número de la propiedad horizontal UNO E). Situada en Vigo en calle Coruña con el número 24, planta +1, con una superficie construida de veinticinco metros cuadrados. Linderos: norte, zona de acceso común; sur, edificio número veintidós de la calle de A Coruña, en régimen de propiedad horizontal; este, patio de luces; oeste, zona de accesos comunes y local C). Cuota: cero enteros, doscientas veintiuna milésimas por ciento. Otros: bajo cubierta descripción: local que en un plano de parcelación interior es conocido como “D1=D2” en la planta bajo cubierta.

Identificador único de finca registral: 36020000182419.

Titularidades:

Espiña Casals, Pedro Jesús

36027705E

Comesaña Fernández, María Jesús

100,00 % del pleno dominio con carácter presuntivamente ganancial.

Título: adquirida por compraventa en virtud de escritura pública, autorizada por el notario Alfredo Arturo Lorenzo Otero, bajo el número 2.183 de su protocolo.

Registro de la Propiedad nº 5 de Vigo, tomo 917, libro 917, folio 143, finca 66620, alta 1.

21.721,00 €

No constan

21.721,00 €

500,00 €

2

Finca de Vigo nº: 3171

Descripción de la finca:

Urbana, denominada As Travesas, a labradío, viña en parra, jardín y bosque, donde se emplaza una casa de bajo y piso y obra de planta baja, adosada a la anterior con lagar; existían además en la finca, un depósito o presa para su fertilización, pozo de agua potable, dos fuentes y un hórreo, formando todo ello un lugar, en esta ciudad y municipio de Vigo. Mide (después de la segregación de una parcela de mil diecinueve metros cincuenta decímetros cuadrados, de forma irregular, en el interior de aquélla, contenida en la escritura autorizada por el notario Gerardo García Boente Sánchez de veintiséis

297.150,00 €

– Afecta por cinco años a la complementaria que en su caso pudiera proceder, según nota de 20 de diciembre de 2013, al margen de la inscripción 18ª.

297.150,00 €

1.000,00 €

Lote

Descripción

Valor

Cargas

Tipo 1ª

Tramos

de enero de mil novecientos ochenta y ocho bajo el número 139 de orden de su protocolo, en la que la parcela segregada fue cedida al Ayuntamiento de Vigo) la superficie de cinco mil ochocientos ochenta y un metros cincuenta decímetros cuadrados.

Limita: al norte, dehesa de José Ribas, hoy camino interior de Seara y terreno de Daniel Alonso González; sur, labradío de los herederos de María Ribas Alonso, hoy de la compañía mercantil Anca, S.L.; este, antigua carretera de Baiona, hoy camino de A Seara; y oeste, muro de contención y reguero que lo separa de terrenos de José Ribas, hoy de los hermanos señores Ribas González. Con frente al expresado camino de A Seara se ha construido un edificio industrial en cantería y recubierto de teja, ocupando setecientos metros cuadrados de extensión, hoy en ruinas. En su interior se encuentra la parcela de forma irregular con superficie de mil diecinueve metros cincuenta decímetros cuadrados cedida al Ayuntamiento de Vigo, con la que limita por todos sus vientos.

Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1 de Vigo, tomo 147 sección 1ª.

Folio 147 vuelto, finca 3171, inscripción 13ª.

Titularidades:

Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de - A86602158

Tomo 1596, libro 1596, folio 119, alta 8.

Participación: 75,00 % del pleno dominio.

Título: adquirida por transmisión de activos.

Ribas González, María Teresa - 35811790P

Tomo 1596, libro 1596, folio 120, alta 20

Participación: 25,00 % del pleno dominio con carácter privativo.

Título: adquirida por adjudicación.

En la inscripción 14ª consta que, mide, después de la segregación que no tuvo acceso al Registro de una parcela de 1.019,50 metros cuadrados, contenida en escritura otorgada ante el notario de Vigo Gerardo García Boente Sánchez, el 26 de enero de 1988, nº 139 del protocolo, la superficie de 5.881,50 metros cuadrados.

*Según documento privado suscrito el 15 de diciembre de 1997 María Teresa Ribas González, dueña con carácter privativo de una cuarta parte indivisa de dicha finca, la vende a Basilio Martínez Serodio.

La anotación de embargo se ha practicado sobre el 25 % de pleno dominio titularidad de Basilio Martínez Serodio.

Según sentencia 14/2012, de fecha 24.1.2012, del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Vigo, interpuesta por Basilio Martínez Serodio frente a Alberto Casal Rivas y Teresa Ribas González, condena a los demandados:

A) A reconocer la titularidad exclusivamente privativa de la finca anteriormente descrita a favor de María Teresa Ribas González, en la cuota de propiedad (¼) que a la misma corresponde, y que así se haga constar en el registro de la propiedad en sus respectivas inscripciones registrales, rectificándose, anulándose y dejándose sin efecto la mención respecto al carácter presuntivamente ganancial del bien que consta en el Registro de la Propiedad de Vigo.

– Afecta por cinco años a la complementaria que en su caso pudiera proceder, según nota de 13 de febrero de 2014, al margen de la inscripción 19ª.

– Afecta por cinco años a la complementaria que en su caso pudiera proceder, según nota de 22 de mayo de 2014, al margen de la inscripción 20ª.

Lote

Descripción

Valor

Cargas

Tipo 1ª

Tramos

B) Se condene así a ambos demandados a reconocer la plena validez y eficacia de las compraventas otorgadas por María Teresa Ribas González a favor de Basilio Martínez Serodio de la cuota de propiedad que a la misma pertenece.

C) Se condene en consecuencia a María Teresa Ribas González a otorgar, como titular privativa, las escrituras de elevación a público de las ventas realizadas a favor de Basilio Martínez Serodio, y que dichas escrituras notariales de compraventa sean inscritas en el registro de la propiedad sin necesidad de comparecencia del Sr. Casal Rivas, con el pago simultáneo por parte compradora-demandante a favor de María Teresa Ribas González, como parte vendedora de la parte del precio que está pendiente conforme a lo estipulado en los contratos de compraventa

3

Finca de Vigo nº: 52948

Urbana, antes rústica, a labradío y cañaveral, hoy destinada a la edificación, nombrada Campo de Ganoi o da Presa, en esta ciudad y municipio de Vigo, que mide en la actualidad (después de una segregación de cuatrocientos sesenta y seis metros cuadrados contenida en la escritura autorizada por el notario Luciano Canoa Galiana de veinticuatro de abril de mil novecientos ochenta y cinco bajo el número 1715 de orden de protocolo de su compañero de residencia Alberto Casal Rivas, y otra de ciento cuarenta y cuatro metros cincuenta decímetros cuadrados contenida en la escritura autorizada por el Notario Gerardo García Boente Sánchez de veintiséis de enero de mil novecientos ochenta y ocho bajo el número 139 de orden de su protocolo, la superficie de mil ciento sesenta y siete metros cincuenta decímetros cuadrados.

Limita: norte, con terrenos de Daniel Alonso González, antes de José Ribas; sur, de herederos de Francisco Ribas, hoy de la compañía mercantil Anca, S.L.; este, con vallado y riego en medio que separa de otra finca de los hermanos señores Ribas González; y oeste, de Eduardo Vázquez Gómez, Manuel Fernández Abella, Antonio Rivas Fernández y la compañía mercantil Frapejus, S.A.

Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1 de Vigo, tomo 1049, folio 119, finca 52948.

Titularidades:

Ribas González, María Teresa

Tomo 535, libro 535, folio 119, alta 1

Participación: 25,00 % del pleno dominio con carácter privativo.

Título: adquirida por adjudicación.

Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de - A86602158

Tomo 1096, libro 1096, folio 149, alta 6

Participación: 75,00 % del pleno dominio

Título: adquirida por transmisión de activos.

59.104,50 €

– Afecta por cinco años a la complementaria que en su caso pudiera proceder, según nota de 20 de diciembre de 2013, al margen de la inscripción 6ª.

– Afecta por cinco años a la complementaria que en su caso pudiera proceder, según nota de 13 de febrero de 2014, al margen de la inscripción 7ª.

– Afecta por cinco años a la complementaria que en su caso pudiera proceder, según nota de 12 de junio de 2015, al margen de la inscripción 8ª.

59.104,50 €

1.000,00 €

En la inscripción 2ª consta que, en la actualidad, después de una segregación de 144,50 metros cuadrados, que no tuvo acceso al Registro, contenida en la escritura otorgada el 26 de enero de 1988 ante el notario de Vigo Gerardo García Boente Sánchez, nº 139 del protocolo, la superficie de 1.167,50 metros cuadrados.

Según documento privado suscrito el 15 de diciembre de 1997 María Teresa Ribas González, dueña con carácter privativo de una cuarta parte indivisa de dicha finca, la vende a Basilio Martínez Serodio.

La anotación de embargo se ha practicado sobre el 25 % de pleno dominio titularidad de Basilio Martínez Serodio.

Según sentencia 14/2012, de fecha 24.1.2012, del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Vigo, interpuesta por Basilio Martínez Serodio frente a Alberto Casal Rivas y Teresa Ribas González, condena a los demandados:

A) A reconocer la titularidad exclusivamente privativa de la finca anteriormente descrita a favor de María Teresa Ribas González, en la cuota de propiedad (¼) que a la misma corresponde, y que así se haga constar en el registro de la propiedad en sus respectivas inscripciones registrales, rectificándose, anulándose y dejándose sin efecto la mención respecto al carácter presuntivamente ganancial del bien que consta en el Registro de la Propiedad de Vigo.

B) Se condene así a ambos demandados a reconocer la plena validez y eficacia de las compraventas otorgadas por María Teresa Ribas González a favor de Basilio Martínez Serodio de la cuota de propiedad que a la misma pertenece.

C) Se condene en consecuencia a María Teresa Ribas González a otorgar, como titular privativa, las escrituras de elevación a público de las ventas realizadas a favor de Basilio Martínez Serodio, y que dichas escrituras notariales de compraventa sean inscritas en el registro de la propiedad sin necesidad de comparecencia del Sr. Casal Rivas, con el pago simultáneo por parte compradora-demandante a favor de María Teresa Ribas González, como parte vendedora de la parte del precio que está pendiente conforme a lo estipulado en los contratos de compraventa.

Conforme con lo dispuesto en el artículo 101 del Real decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de recaudación, se hace constar que:

a) Están a disposición de los interesados, en la Zona de Recaudación de Vigo, donde pueden ser examinados hasta el día anterior al de la subasta, los expedientes de apremio en los que constan los títulos de propiedad de los bienes o derechos subastados y el estado de sus cargas y gravámenes, con los que se habrán de conformar sin que tengan derecho a exigir otros.

b) Cuando se trate de bienes o derechos inscribibles en registros públicos, los licitadores no tendrán derecho a exigir otros títulos de propiedad que los aportados en el expediente; que, de no estar inscritos los bienes o derechos en el registro, el documento público de venta es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos en la legislación hipotecaria y que, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el título VI de la Ley hipotecaria para llevar a cabo la concordancia entre el registro y la realidad jurídica.

c) Las cargas y gravámenes que subsistiesen al crédito de los ejecutantes continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en sus responsabilidades, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

d) En el tipo de la subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la transmisión de dichos bienes o derechos.

e) Obligación de constituir ante la mesa de subasta, con anterioridad a su celebración, un depósito del 20 % del tipo de subasta. De forma motivada podrá reducirse este depósito hasta un mínimo del 10 por ciento. Si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, dicho depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en las que puedan incurrir por los perjuicios que origine la falta de pago del precio del remate.

El depósito deberá constituirse mediante cheque que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 35.1 del Reglamento general de recaudación o por cualquier medio que se habilite al efecto.

f) La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes o derechos si se efectúa el pago de la cuantía establecida en el artículo 169.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.

g) El adjudicatario entregará, en el acto de la adjudicación o dentro de los 15 días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.

h) Se admitirán ofertas en sobre cerrado. En tal caso, la mesa de subasta sustituirá a los licitadores, pujando por ellos en la forma prevista al efecto.

i) Después de la celebración de la primera licitación, la mesa podrá acordar la celebración de una segunda licitación, previa deliberación de su conveniencia. En este caso, se admitirán pujas que cubran el nuevo tipo, que será el 75 por ciento del tipo de subasta en primera licitación.

j) De conformidad con lo dispuesto en los artículos 104.7 y 107 del Reglamento general de recaudación, si quedasen bienes sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudicación directa por el plazo que se estime oportuno con el límite de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre cerrado a partir de ese momento a la mesa de subasta.

Vigo, 18 de abril de 2016

Javier Sánchez García
Recaudador de zona de Vigo