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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Martes, 19 de abril de 2016 Pág. 14153

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2016, de la Dirección General de Administración Local, por la que se publica la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de oficial mayor del Ayuntamiento de Ourense, entre funcionarios con habilitación de carácter nacional.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 y 28 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real decreto 834/2003, de 27 de junio, y demás normativa concordante de aplicación, y en el uso de las facultades que le confiere el artículo 15.e) de la Ley del empleo público de Galicia, en relación con el artículo 241 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, y la Orden de 14 de mayo de 2013, sobre delegación de competencias,

DISPONE:

Publicar las bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, entre funcionarios/as con habilitación de carácter nacional, del puesto de trabajo de oficial mayor del Ayuntamiento de Ourense, que se adjuntan como anexo a esta resolución, de acuerdo con las siguientes disposiciones:

Primera. El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los/las funcionarios/as con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la subescala y categoría en que esté clasificado el puesto.

No podrán concurrir a la convocatoria los/las funcionarios/as que se encuentren en las situaciones previstas en los apartados a), b) y c) del artículo 18.3 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real decreto 834/2003, de 27 de junio.

Segunda. Los interesados dirigirán sus solicitudes a la corporación convocante dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado y adjuntarán a la solicitud la documentación acreditativa de reunir los requisitos para su desempeño en los términos que figuran en la convocatoria.

Tercera. Los aspirantes deberán sujetarse a las bases de la convocatoria publicadas en este diario oficial.

Santiago de Compostela, 31 de marzo de 2016

José Alberto Pazos Couñago
Director general de Administración Local

ANEXO

Bases para el proceso selectivo de un oficial mayor para el Ayuntamiento de Ourense, por el sistema de libre designación, entre funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de secretaría, categoría superior

1. Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para proveer el puesto de oficial mayor del Ayuntamiento de Ourense, reservado a funcionarios/as de la Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de secretaría, categoría superior. El sistema de provisión será de libre designación en el marco de la excepcionalidad fijado en el artículo 10 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional.

2. Corporación.

Ayuntamiento de Ourense.

3. Denominación y clase del puesto.

Oficial mayor del Ayuntamiento de Ourense, reservado a funcionarios/as de la Administración local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la subescala de secretaría, categoría superior.

4. Características del puesto.

4.1. El puesto que se deberá proveer está incluido en la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Ourense, publicada en el BOP de Ourense de 10 de enero de 2015.

4.2. El complemento de destino asignado al puesto es el correspondiente al nivel 30 y su sistema de provisión, el de libre designación.

4.3. El complemento específico anual fijado para el puesto es de 40.492,80 euros brutos.

5. Requisitos para su desempeño.

Serán requisitos indispensables para concurrir a la convocatoria y poder desempeñar el puesto, en el caso de ser nombrado:

1º. Estar integrado/a en la subescala de secretaría, categoría superior. No podrán concurrir a la convocatoria los/las funcionarios/as que se encuentren en las circunstancias establecidas en los apartados a) y b) del artículo 28.2 del Decreto 49/2009, de 26 de febrero.

2º. Acreditar el conocimiento del idioma gallego mediante la presentación del certificado de lengua gallega (Celga 4) o equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia. En su defecto, el interesado deberá realizar una prueba de carácter eliminatorio, que se valorará como «apto» o «no apto», destinada a evaluar un grado de conocimiento equivalente al exigido para la obtención del Celga 4 o equivalente (artículo 2 del Decreto 103/2008, de 8 de mayo, por el que se regula el conocimiento del gallego en los procedimientos para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia).

6. Solicitudes.

Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía dentro del plazo de los quince días naturales siguientes al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, y deberá indicarse en ellas, además del contenido mínimo establecido en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el número de registro personal, la situación administrativa en que se encuentre el/la solicitante y su destino. A ellas deberá ajustarse la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados en la base 5.

Junto con las solicitudes, los/las aspirantes adjuntarán su curriculum vitae, en el cual constarán los títulos académicos, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, los estudios y cursos realizados y otros méritos que consideren oportuno poner de manifiesto, con la correspondiente documentación acreditativa.

7. Nombramiento.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía procederá, en el plazo de un mes, en su caso, tras verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos en estas bases, a dictar la resolución correspondiente, que deberá ser motivada con referencia al cumplimiento de los requisitos, la observancia del procedimiento y la competencia para el nombramiento de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio. De la misma dará cuenta al Pleno de la Corporación, así como traslado a la Dirección General de Administración Local de la Xunta de Galicia y a la Dirección General de Función Pública, para la anotación y publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado.

En consideración con el sistema de provisión, el nombramiento lo realizará discrecionalmente la Alcaldía, en atención a los méritos aportados por los aspirantes. La convocatoria no podrá quedar desierta en caso de que exista un/una aspirante que reúna los requisitos necesarios y exigidos.

8. Toma de posesión.

El plazo para la toma de posesión será de tres días hábiles tratándose de puestos de trabajo en la misma localidad o de un mes en caso contrario. Dichos plazos contarán a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse en el plazo de tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio.

9. Impugnación.

Contra la presente resolución y cuantos actos administrativos deriven de ella los interesados podrán interponer el recurso potestativo de reposición, en los términos y plazos señalados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o directamente, recurso contencioso-administrativo en los términos y plazos señalados en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Flora Moure Iglesias, concejala de Recursos Humanos.