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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 65 Miércoles, 6 de abril de 2016 Pág. 12193

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Santiago de Compostela

EDICTO (237/2015).

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

Santiago de Compostela, 13 de julio de 2015.

Vistos por M. de Luna Taboada Martínez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 237/2015, seguidos a instancia de Mercedes Suárez Galante, Mª del Rosario Pousa Llera y Diego Suárez Pousa, representados por la procuradora Sra. Goimil Martínez, bajo la asistencia letrada del Sr. Platero López de Turiso, contra Ignacio Tabuenca Ferrer, Mª Luz Villarino Nine y José Touceda Túñez, en situación de rebeldía procesal.

Fallo.

Se estima íntegramente la demanda presentada por la procuradora Sra. Goilmil Martínez, en el nombre y representación invocada y, en consecuencia, se declara el derecho de los demandantes a cobrar las rentas y cantidades relativas a los recibos que por contrato debían satisfacer los demandados y se condena solidariamente a los demandados a pagar la cantidad de tres mil cuarenta y cuatro euros y cuarenta y siete céntimos (3.044,47 €), más los intereses legales desde la fecha de reclamación extrajudicial, así como al pago de las costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo juzgado dentro de los veinte días siguientes a aquél en que se notifique esta resolución. Para la interposición de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ y por el importe de 50 euros, lo que deberá ser acreditado a la presentación del recurso.

Así lo acuerda, manda y firma, M. de Luna Taboada Martínez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Santiago de Compostela».

Y como consecuencia del ignorado paradero de José Ignacio Tabuenca Ferrer, se extiende el presente edicto para que sirva de cédula de notificación.

Santiago de Compostela, 15 de julio de 2015

La secretaria judicial