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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Jueves, 31 de marzo de 2016 Pág. 11634

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (531/2014).

Yo, Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 531/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Lucía Loyo Portero contra Mutua Fraternidad Muprespa, INSS, TGSS, Repuestos Bourio, S.L. y Globalmotera, S.L. sobre subsidio de incapacidad temporal, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

«Estimo parcialmente la demanda presentada por María Lucía Loyo Portero, representada por el letrado Sr. Vázquez Díaz, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, ambos representados por el letrado de la Administración de la Seguridad Social Sr. Villalobos Maldonado; Fraternidad-Muprespa, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 275, representada por el letrado Sr. Paniagua Álvarez; y Repuestos Bourio, S.L. y Globalmotera, S.L., ninguna de las cuales compareció pese a constar su citación en legal forma, y, en consecuencia:

– Condeno a Repuestos Bourio, S.L. y Globalmotera, S.L. a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 154,44 euros, en concepto de subsidio de incapacidad temporal devengado entre el cuarto y el decimoquinto día de la baja iniciada el 10 de octubre de 2013.

– Condeno, como responsables directas, a Repuestos Bourio, S.L. y Globalmotera, S.L. a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 824,42 euros, en concepto de subsidio de incapacidad temporal devengado desde el decimosexto día de la baja iniciada el 10 de octubre de 2013 y hasta el 11 de diciembre de 2013.

– Condeno, como responsable subsidiaria y para el caso de insolvencia de Repuestos Bourio, S.L. y Globalmotera, S.L., a Fraternidad-Muprespa, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 275 a abonar a la actora la cantidad de 824,42 euros, en concepto de subsidio de incapacidad temporal devengado desde el decimosexto día de la baja iniciada el 10 de octubre de 2013 y hasta el 11 de diciembre de 2013.

– Obligo a Fraternidad-Muprespa, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 275 a anticipar el importe de 824,42 euros, sin perjuicio de su derecho de repetición contra Repuestos Bourio, S.L. y Globalmotera, S.L.

– Condeno al Instituto Nacional de la Seguridad Social, como responsable subsidiaria y para el caso de insolvencia de Fraternidad-Muprespa, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 275, a abonar a la actora la cantidad de 824,42 euros, en concepto de subsidio de incapacidad temporal devengado desde el decimosexto día de la baja iniciada el 10 de octubre de 2013 y hasta el 11 de diciembre de 2013.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer, ante este juzgado, recurso de suplicación a resolver por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia».

Y para que sirva de notificación en forma a Repuestos Bourio, S.L. y Globalmotera, S.L., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.

Lugo, 9 de marzo de 2016

El letrado de la Administración de justicia