La Dirección de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 19 de febrero de 2016, acordó dar traslado a Pedro Macía Rivas de la copia de la Resolución de 2 de marzo de 2010 que acordó la demolición del apartamento núm. de orden de la división horizontal 52, ejecutado en la finca registral 14834, en el lugar de Grove, San Vicente do Mar, en el término municipal de O Grove, provincia de Pontevedra.
Al no poder realizarse la notificación personal de aquel Acuerdo de 19 de febrero de 2016 a Pedro Macía Rivas, mediante esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado este acuerdo por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2016
José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística