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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 58 Lunes, 28 de marzo de 2016 Pág. 10967

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

EXTRACTO de la Orden de 11 de marzo de 2016 por la que se regulan las bases de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil y se procede a su convocatoria para el año 2016.

BDNS (identif.): 302480

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarias

Entidades de acción voluntaria y las entidades locales que realicen proyectos de voluntariado enmarcados en el programa Servicio de voluntariado juvenil, desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre de 2016.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones dirigidas a entidades de acción voluntaria y a entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil, desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre de 2016, y proceder a su convocatoria para el año 2016. Dicho programa consiste en incorporar en entidades de acción voluntaria y en entidades locales inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia a chicas/os gallegas/os para su colaboración como voluntarias/os en la realización de los proyectos de voluntariado que se presenten al amparo de esta convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 11 de marzo de 2016 por la que se regulan las bases de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil y se procede a su convocatoria para el año 2016.

Cuarto. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria es de 375.000 €, de los que 175.000 € se reservan para entidades locales, mientras que los restantes 200.000 € son para entidades de acción voluntaria, financiándose el 100 % del proyecto, cuyo presupuesto no podrá ser superior a 4.800 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

Con la presentación de la solicitud se presentará el proyecto de actividades. Se admitirá un solo proyecto por entidad con su denominación/nombre, los objetivos, la identificación de problemas y el número aproximado de beneficiarios. Éste irá acompañado del número de personas voluntarias con las que se pretende ejecutar el proyecto, de las horas de ejecución de éste por parte de cada uno/a de los voluntarios/as y del número de días en los que participará cada uno, así como del coste que correspondería por número de voluntarios/as y días y de un presupuesto desglosado del coste de las demás actividades.

La concesión de la ayuda se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Se requerirá una puntuación mínima y la concesión se efectuará por orden de puntuación hasta agotar el crédito presupuestario.

Santiago de Compostela, 11 de marzo de 2016

José Manuel Rey Varela
Conselleiro de Política Social