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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Miércoles, 23 de marzo de 2016 Pág. 10786

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

CÉDULA de 26 de febrero de 2016, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica a la persona interesada el requerimiento de pago en relación con el procedimiento por falta de pago P-003/16.

De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, después de que se intentase en dos ocasiones la notificación personal en el último domicilio conocido, se notifica a la persona interesada el requerimiento de pago que se detalla en el anexo. La eficacia de este anuncio queda supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

Pontevedra, 26 de febrero de 2016

José Luis Díez Yáñez
Jefe territorial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: P-003/16.

Nombre: Jorge Francisco Costas.

Dirección: Rúa das Teixugueiras, núm. 17, portal 4, 11º E. 36212 Vigo.

Asunto: requerimiento de pago.

Deuda: 1.992,68 €.

Indicación del contenido: de acuerdo con los artículos 1091,1124, 1501 y 1504 del Código civil y la cláusula quinta del contrato de compraventa, le requerimos para el pago de 11 recibos vencidos y no satisfechos por un importe total de 1.992,68 €, relativos a la vivienda que tiene adjudicada en régimen de compraventa con garantía hipotecaria y correspondientes al período comprendido entre el 1.3.2015 y el 1.1.2016, ambos incluidos.

De acuerdo con las obligaciones dimanantes del contrato, con el artículo 82 de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia, y con el artículo 84 de la LRJPAC, se le concede un plazo de 15 días hábiles para que se ponga al día en sus obligaciones procediendo al pago del referido importe en cualquiera de las oficinas de Abanca o presentándose en trámite de audiencia en esta área provincial, con el fin de adjuntar los documentos o justificaciones que estime convenientes.

Le advertimos que, en el caso de no atender este requerimiento, se procederá a la resolución del contrato con el consiguiente lanzamiento para su posterior adjudicación a otros beneficiarios.