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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Martes, 22 de marzo de 2016 Pág. 10531

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Hacienda

ORDEN de 15 de marzo de 2016 por la que se acuerda la adjudicación del procedimiento de enajenación, mediante subasta pública, del 50 % de un inmueble situado en el ayuntamiento de Valencia.

Por Orden de la Consellería de Hacienda de 11 de marzo de 2015 fue autorizada la enajenación, mediante subasta, del 50 % de un inmueble situado en la avenida Pérez Galdós, 65 de Valencia.

Después de publicarse, en el Diario Oficial de Galicia de 10 de febrero de 2016, número 27, y en un periódico de amplia difusión (Diario Marca del mismo día), el anuncio de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio de enajenación del citado inmueble, tuvo lugar el 10 de marzo de 2016 la subasta pública anunciada, por lo que, a la vista de las actas de la mesa de contratación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Decreto 50/1989, por el que se aprueba el Reglamento del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y previa propuesta de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio,

DISPONGO:

Primero. Aprobar la siguiente adjudicación:

A Módulos Audiovisuales, S.L., en cuarta subasta, por el precio de ocho mil trescientos setenta y un euros, el 50 % del dominio de la vivienda ubicada en la avenida Pérez Galdós, 65, planta primera, puerta primera, de Valencia, de una superficie construida de 94,85 m2 y de 82,70 m2 útiles, según reciente medición. Referencia catastral 4522008YJ2742B0003YB, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Valencia al tomo 2955, folio 171, sección séptima, de la finca 11385.

Segundo. El pago del precio de adjudicación se efectuará según lo estipulado en el artículo 70.3 del Decreto 50/1989, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tercero. La venta se formalizará como cuerpo cierto en escritura pública y correrán a cargo de los adquirentes los costes de su otorgamiento. Los tributos derivados de la transmisión serán exigidos conforme a lo dispuesto en la legislación tributaria. Asimismo, corre a cargo del adjudicatario el pago de los costes de los anuncios que se hayan producido en este procedimiento de enajenación y los demás gastos previstos en el pliego de condiciones.

Cuarto. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante esta consellería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses.

Santiago de Compostela, 15 de marzo de 2016

P.D. (Orden de 9.1.2012; DOG nº 9, de 13 de enero)
Mª del Socorro Martín Hierro
Secretaria general técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda