De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14 de enero), se le notifica al interesado que en el anexo se menciona la propuesta de resolución, efectuada por la instructora del procedimiento Mercedes Campos Casares, del expediente sancionador en materia de turismo LU-23/2015, incoado al titular del establecimiento de turismo rural denominado Aldea do Mazo, situado en el lugar de Aldea do Mazo, Meiraos, del ayuntamiento de Folgoso do Courel (Lugo), ya que, intentada por los medios habituales, no pudo practicarse.
Según lo establecido en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se concede al interesado el trámite de audiencia durante un plazo de quince (15) días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta propuesta de resolución, participándole que tiene a su disposición el expediente para examinarlo, en el Área Provincial de Turismo sito en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en Lugo en la ronda de la Muralla, nº 70, con el fin de que, de este modo, durante igual plazo, pueda formular las alegaciones y presentar los documentos e información que considere pertinentes.
Lugo, 4 de marzo de 2016
Paloma Vázquez Fernández
Jefa del Área Provincial de Turismo de Lugo
ANEXO
Expediente: LU-23/2015.
Denunciado: Ángel Jesús Fernández Villaravid.
Establecimiento: turismo rural Aldea do Mazo.
Dirección: lugar de Aldea do Mazo, Meiraos.
Localidad: Folgoso do Courel.
Hecho denunciado: percibir precios diferentes a los exhibidos o notificados a la usuaria o al usuario turístico o percibir precios por servicios que, en virtud de la normativa turística, no sean susceptibles de cobro.
Precepto infringido: artículo 35 apartado c) de la Ley 7/2011.
Tipificación de la infracción: artículo 110.12 de la Ley 7/2011.
Sanción: novecientos un euros (901,00 €).