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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Miércoles, 16 de marzo de 2016 Pág. 9832

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 35/2016).

Ejecución de títulos judiciales (ETJ) 35/2016

Procedimiento de origen: despido/ceses en general 201/2014

Sobre: despido

Demandante: Manuel Cao Collazo

Demandada: Dado Dadá, S.L.

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 35/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Cao Collazo contra la empresa Dado Dadá, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado auto en fecha 25 de febrero de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del auto:

«Parte dispositiva:

Dispongo: despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante Manuel Cao Collazo frente a Dado Dadá, S.L., parte ejecutada.

Notifíquese a las partes y a Dado Dadá, S.L. por medio de edictos en el DOG, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la/s infracción/ones cometida/s en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de presupuestos y requisitos procesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.

El/la magistrado/a juez. La secretaria judicial».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a Dado Dadá, S.L., expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2016

La letrada de la Administración de justicia