Procedimiento ordinario 1045/2010
Sobre: reclamación de cantidad
Demandantes: José Manuel Rivera Castro, María del Carmen Barreiro Rodríguez
Procuradores: Carlos Javier García Brandariz, Carlos Javier García Brandariz
Abogados: Vanesa Cruz Campos, Vanesa Cruz Campos
Demandados: José Antonio Núñez Vara, Felipe Peña Pereda, Gestión Integral de Obras San Marcos, S.L.
Procuradores: Ana Verónica Sexto Quintas, Manuel José Pedreira del Río, (…)
Abogados: María del Sagrario Cortizo Fernández, Delia María Baptista de Sousa Vieites, (…)
María Susana Gamonal Lombardero, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Betanzos, por el presente
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En el presente procedimiento ordinario 1045/2010, seguido a instancia de José Manuel Rivera Castro, María del Carmen Barreiro Rodríguez frente a José Antonio Núñez Vara, Felipe Peña Pereda, Gestión Integral de Obras San Marcos, S.L., se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
«Fallo
Que, estimando en parte la demanda presentada por el procurador Carlos García Brandariz, en nombre y representación de José Martínez Rivera Castro y María del Carmen Barreiro Rodríguez, debo condenar y condeno de forma solidaria a Felipe Peña Pereda, José Antonio Núñez Vara y Gestión Integral de Obras San Marcos, S.L., a abonar a los actores la cantidad de sesenta y seis mil doscientos cuarenta y cinco euros con noventa y tres céntimos (66.245,93 euros) y a Gestión Integral de Obras San Marcos, S.L. a abonar a los actores la cantidad de cuatro mil seiscientos sesenta y tres con noventa céntimos (4.663,9 euros) más intereses legales desde la interposición de la demanda y hasta su completo pago.
Las costas serán de cargo de la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que se interpondrá en este juzgado, y para la audiencia, en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.
Líbrese testimonio de esta resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este juzgado.
Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo».
Y encontrándose dicho demandado, Gestión Integral de Obras San Marcos, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Betanzos, 22 de diciembre de 2015
La secretaria judicial