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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Jueves, 25 de febrero de 2016 Pág. 7062

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Caldas de Reis

EDICTO de notificación de sentencia (225/2015).

Raquel Fernández Arbesú, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Caldas de Reis, por el presente, anuncio:

En el presente procedimiento ordinario 225/2015 seguido a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Renting, Sociedad Anónima frente a Juan Carlos Sánchez Rial se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

«Sentencia

Caldas de Reis, 10 de diciembre de 2015.

Vistos por mí, María Luisa Maquieira Prieto, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Caldas de Reis y su partido, los presentes autos número 225/2015 sobre juicio ordinario, seguidos ante este juzgado, a instancia de la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Renting, Sociedad Anónima, representada por el procurador de los tribunales señor Portela Leirós y asistida por el letrado señor Baltar Pombo, contra Juan Carlos Sánchez Rial, declarado en situación de rebeldía procesal, en ejercicio de acción de reclamación de cantidad, se declara,

(Siguen antecedentes y fundamentos de derecho).

Fallo

Que, estimando la demanda formulada por el procurador de los tribunales señor Portela Leirós, en nombre y representación de la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Renting, Sociedad Anónima, frente a Juan Carlos Sánchez Rial, declarado en rebeldía procesal y, en su virtud, debo declarar y declaro que procedo de que por el demandado se abone a la actora la cantidad de seis mil quinientos noventa y seis euros con treinta y nueve céntimos (6.596,39 euros), que se corresponden con las cuotas vencidas e impagadas del contrato de litis e intereses de demora a la fecha del cierre de cuenta (20 de abril de 2015), así como los intereses legales devengados desde dicha fecha (artículo 1108 del Código civil y 576 de la Ley de enjuiciamiento civil), todo ello con imposición de costas de este procedimiento a la demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, atendida la cuantía del presente procedimiento, superior a 3.000 euros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 apartado 1º de la Ley de enjuiciamiento civil, en su redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio y firmo».

Y encontrándose dicho demandado, Juan Carlos Sánchez Rial, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Caldas de Reis, 11 de diciembre de 2015

La secretaria judicial